5 Respuestas:

Elena
15 Diciembre 2010, 12:30

Hola mamen,

Por la fecha de la calificación, entiendo que la vivienda pertenece al régimen de protección de 1978, por lo que la casa mantiene la protección durante 30 años desde la calificación definitiva, 2013 en tu caso, teniendo siempre limitado el precio de venta máximo, que tiene que indicarte tu comunidad autónoma

Por otra parte, las viviendas calificadas bajo dicha normativa sí necesitan contar con la autorización de venta para poder ser transmitidas, ya que para poder venderla necesitas que la comunidad rechace ejercer su derecho de tanteo y retracto (es decir, comprarte ellos la casa por el precio máximo que permite la ley)

Así que lo primero, llama a la delegación de vivienda de la comunidad de Madrid (012) para que te cercioren las limitaciones de la casa a la vista del número de expediente por tipo de promoción, régimen de protección, etc (eso es algo que no podemos hacer en idealista) y el tiempo que necesitarías para el trámite. En cuanto a la opción de escriturar antes de tener este permiso te adelanto que no es posible, ya que el notario no te dejaría escriturar sin el papel. Ten en cuenta que la comunidad autónoma generalmente va a rechazar ejercer el derecho de tanteo y retracto, pero el notario no puede dejarte escriturar sin tener la certeza absoluta de esto

Un saludo

Experto avalado por idealista
15 Diciembre 2010, 15:12

Gracias por contestarme tan rápido, solo comentar que en el 1994 cuando se la vendí a mis padres no debía de existir este requisito, porque no hicimos nada de eso y fuimos directamente al notario, es más en la escritura de mi padre no pone nada de que sea de vpo y además creo recordar que llamaron porque habíamos escriturado por 13.000.000,-pts y les parecía poco.
Un saludo

Elena
16 Diciembre 2010, 15:38

Hola mamen, el requisito para las viviendas calificadas bajo la ley de 1978 no ha cambiado, y tiene las limitaciones que te he comentado quizá la vivienda se descalificase antes de su primera venta y no lo recuerdes o quizá el notario "olvidase" registrar este dato, algo que antiguamente a veces pasaba, pero que afortunadamente cada vez menos como te decía, lo mejor es que llames a la consejería de vivienda de la comunidad de Madrid y que te informen a la vista concreta del número de expediente de la vivienda, no vaya a ser que haya algún matiz en el caso que se nos escape. Ya me contarás un saludo

Experto avalado por idealista
12 Enero 2011, 21:56

Holaa!yo tengo una vivienda la cual obtuvo la calificacion definitiva como VPO el 20 de marzo de 1983,voy a realizar una operacion de capital privado sobre esta misma,el inversor es un familiar,y en la nota simple consta que es VPO,en Valencia deberia acudir al Prop para saber si la han descalificado ya?o nose donde acudir,y si no ha sido descalificada como tal,podria realizar la operacion con un poermiso o algo?mi familiar me ha dicho que me informe y diga que es para venderla....
Un saludo y gracias de antemano

4 Abril 2013, 11:29

Hola he estado pagando una vivienda de mi padre que fallecio en 2009 de Proteccion Oficial, ahora me falta poco para cancelarla, somos 5 hermanos 3 no viven en España me han autorizado con un poder , cual seria el proceso para liberar y registrar esta vivienda y como puedo hacer para recuperar el dinero que he pagado yo para que no se perdiera la vivienda, esta tasada en 70000,oo cuanto costaría registrarla, y al venderla como se hace este tramite, gracias por si me puede orientar.

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