3 Respuestas:

Elena
4 Julio 2011, 12:53

Hola,

Entiendo que te refieres a la subsidiación del préstamo, que el plan estatal de vivienda 2002-2005 concede durante un periodo de cinco años. Una vivienda protegida no puede ser transmitida (vendida, alquilada) a otra persona durante los primeros diez años, ni tampoco dejarse vacía, salvo causa justificada
Si te has casado y ello te ha obligado a modificar tu residencia, la administración te permitirá dejar sin efecto esta limitación, pero sí deberás devolver las ayudas recibidas más el interés legal del dinero desde su percepción

Un saludo,

Elena

Experto avalado por idealista
latomanol
4 Julio 2011, 17:45

In reply to by egarcia

Gracias Elena, ya me lo temia, pero entiendo que una vez cumpla los diez años ya no tengo obliacion de devolverlas
Un saludo

Elena
5 Julio 2011, 12:19

Hola,

Pasados los diez años desde la calificación definitiva ya no tendrías obligación de devolver las ayudas, eso sí, si vendes o alquilas la casa (ten en cuenta que vacía no puede estar) y mientras siga contando con protección pública sí tendrás que respetar las condiciones legales (precio máximo, etc)

Un saludo,

Elena

Experto avalado por idealista

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