Si es en régimen de cooperativa se tendrá en cuenta la fecha de calificación de la vivienda como vpp, así que si esta fecha anterior a tu boda no tendrás ningún problema. Recuerda, eso sí, que la casa no podrás tenerla vacía cuando te la den y tendréis que fijar en ella vuestra residencia habitual o solicitar su venta/alquiler a otra persona a precio protegido
Gracias por responder a mi consulta, pero no me queda claro lo siguiente: 1) cuando dices "Tener en cuenta la fecha de calificación de la vivienda como vpp", ¿Te refieres a la calificación provisional? ¿Cierto? Porque esa se obtuvo en 2010, ahora bien, la calificación definitiva no la dan hasta unas semanas antes de que efectúen la entrega del piso. 2) en la página de la Comunidad de Madrid ponen expresamente que "Los requisitos se acreditarán a fecha de suscripción del contrato privado de compraventa o título de adjudicación y para promociones individuales para uso propio, a la fecha de solicitud de la calificación provisional." Por favor ¿Podrías decirme como interpretas esto? Es decir, los requisitos los tengo que cumplir cuando firmo el contrato privado de compraventa con la cooperativa (realizado en 2010) o cuando firmo el título de adjudicación (¿Escrituras?). No lo comprendo, ¿Es en un momento "o" en otro? O ¿Tiene que ser en los dos? El "o" me confunde
2 Respuestas:
Hola,
Si es en régimen de cooperativa se tendrá en cuenta la fecha de calificación de la vivienda como vpp, así que si esta fecha anterior a tu boda no tendrás ningún problema. Recuerda, eso sí, que la casa no podrás tenerla vacía cuando te la den y tendréis que fijar en ella vuestra residencia habitual o solicitar su venta/alquiler a otra persona a precio protegido
Saludos,
Elena
Hola Elena,
Gracias por responder a mi consulta, pero no me queda claro lo siguiente:
1) cuando dices "Tener en cuenta la fecha de calificación de la vivienda como vpp", ¿Te refieres a la calificación provisional? ¿Cierto? Porque esa se obtuvo en 2010, ahora bien, la calificación definitiva no la dan hasta unas semanas antes de que efectúen la entrega del piso.
2) en la página de la Comunidad de Madrid ponen expresamente que "Los requisitos se acreditarán a fecha de suscripción del contrato privado de compraventa o título de adjudicación y para promociones individuales para uso propio, a la fecha de solicitud de la calificación provisional."
Por favor ¿Podrías decirme como interpretas esto? Es decir, los requisitos los tengo que cumplir cuando firmo el contrato privado de compraventa con la cooperativa (realizado en 2010) o cuando firmo el título de adjudicación (¿Escrituras?). No lo comprendo, ¿Es en un momento "o" en otro? O ¿Tiene que ser en los dos? El "o" me confunde
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