Si es de alquiler, basta con que no renueves el contrato cuando venza
Si es en régimen de compra y no has escriturado aún, habla con el promotor para ver cómo podéis resolver el contrato de la mejor forma para las dos partes
Si es en régimen de compra y la has escriturado ya, no la puedes devolver. Habla con la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma para que te indiquen qué limitaciones has de cumplir para su venta o su arrendamiento, generalmente te permitirán hacerlo, aunque respetando el precio máximo establecido por ser una vivienda de protección oficial
1 Respuestas:
Hola,
Si es de alquiler, basta con que no renueves el contrato cuando venza
Si es en régimen de compra y no has escriturado aún, habla con el promotor para ver cómo podéis resolver el contrato de la mejor forma para las dos partes
Si es en régimen de compra y la has escriturado ya, no la puedes devolver. Habla con la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma para que te indiquen qué limitaciones has de cumplir para su venta o su arrendamiento, generalmente te permitirán hacerlo, aunque respetando el precio máximo establecido por ser una vivienda de protección oficial
Un saludo
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta