1 Respuestas:

Elena
25 Abril 2011, 12:51

Hola marielisa,

La legislación estatal indica que las vpo deberán destinarse a residencia habitual y permanente. Todo lo que suponga un cambio en este destino y mientras dure la protección de la vivienda deberá ser aprobado por la consejería de vivienda de la comunidad autónoma correspondiente, ya que cada una fija sus propia normativa adicional

Entiendo que mientras mantengas la vivienda como tu domicilio habitual no deberías tener problema con destinar una de las habitaciones a una actividad profesional, pero deberías hacer la consulta por escrito en la dirección general de vivienda de tu comunidad autónoma para que te autoricen este uso y evitar así problemas posteriores

Un saludo,

Elena

Experto avalado por idealista

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