El Alto Tribunal determina en una sentencia que se puede condenar a costas a un banco cuando un consumidor ejercite acciones de nulidad de cláusulas abusivas y de devolución de cantidades que sean derivadas de un mismo contrato de consumo, como un crédito hipotecario, aunque las solicite por separado en distintos procedimientos judiciales. Hasta ahora, algunos tribunales determinaban que las reclamaciones paralelas suponía actuar de un modo fraudulento, por lo que estimaban parcialmente la imposición de costas. Sin embargo, el criterio del Supremo crea jurisprudencia.
El Defensor del Pueblo ha pedido al Ministerio de Economía que estudie la posibilidad de poner en marcha una solución para los afectados por el índice IRPH de las hipotecas, después de que Europa haya dictaminado que es susceptible de ser considerado abusivo. Considera que la vía extrajudicial evitará el colapso de los tribunales y que beneficiará a los consumidores que no se puedan permitir reclamar por vía judicial.
Cada entidad financiera está ultimando su estrategia para trasladar al cliente el coste que supondrá al sector asumir parte de los gastos de formalización de las hipotecas. Las principales alternativas que contemplan son subir los tipos de interés, recuperar las comisiones de apertura o exigir un tipo de interés fijo durante el primer año de vida del préstamo a pesar de que se haya optado por uno variable. De momento no está claro qué camino seguirá cada banco, aunque todo apunta a que las incógnitas se despejarán en las próximas semanas.
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El pleno de la sala de lo civil del supremo estudiará el martes si declara abusivas las cláusulas “suelo” y “techo” de algunas hipotecas.
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