20 Respuestas:

21 Septiembre 2010, 17:08

No se pueden alquilar hasta que pasan un número determinado de años. Míralo porque aquí son 15.

21 Septiembre 2010, 18:05

In reply to by anónimo (not verified)

Las viviendas de Vpo tienen un expediente de calificación donde le determinan los años que la vivienda es de Vpo, hasta que no pasen dichos años no puede alquilar la vivienda, ni venderla, excepto si pide autorización al organo competente con lo cual le daran precio maximo de venta, los futuros compradores deben reunir una serie de condiciones para poder comprar.
Al comprar una vivienda de vpo se benefician de una serie de ayudas al igual q no pagan o deducen ciertos impuestos, es normal y logico que no permitan ni vender ni alquilar.

Elena
28 Septiembre 2010, 13:23

Hola j,

Como te comenta el anónimo anterior, mientras dure el régimen de protección de la vivienda (esto lo verás en el registro de la vivienda) no podrás venderla ni alquilarla sin autorización de tu comunidad autónoma y además, tendrás que respetar el precio máximo que ellos te digan. Y no podrás incrementar en ningún caso el precio que te autoricen como máximo

Un saludo

Experto avalado por idealista
28 Septiembre 2010, 23:48

La puedes alquilar con total tranquilidad, además, a un precio máximo que hoy en día es superior al precio máximo de mercado, por lo que no debes preocuparte por el precio del alquiler. Si fuera para venta, sí tendrías que venderla por un precio muy inferior al de mercado, pero para alquiler no.

No te puedo decir el precio porque no se si tu vivienda es vpo de régimen especial o de régimen general. Si te sirve de ayuda, yo tengo una vivienda de vpo de 90 m2 de régimen general del año 1998 en Madrid capital, alquilada por 1.100 euros, cuando hice el contrato, hace un par de años, el tope estaba en unos1.200 euros para mi vivienda. A esas cantidades puedes sumarle los siguientes gastos: comunidad, ibi y seguro de hogar.

Te recomiendo que entres en la web de la oficina de vivienda de la comunidad de Madrid, ya que hay tres cláusulas informativas que debes incluir literalmente en el contrato de alquiler, aunque no tienen ninguna trascendencia para tu inquilino ni para la operación de alquiler. Luego, el contrato de alquiler debes registrarlo en la oficina de depósito de fianzas, como una vivienda más.

Te recomiendo que si puedes se lo alquiles a un menor de 30 años, ya que el alquiler que recibas estará exento de tributación. Hasta el 31 de diciembre esto pasa con menores de 35 años, pero con la nueva reforma fiscal, a partir del año que viene tienen que ser menores de 30 años.

Saludos, espero que te sea de provecho la información.

20 Septiembre 2012, 16:18

In reply to by anónimo (not verified)

Hola, queria preguntarte si has tenido que solicitar autorización a la comunidad. Si es así, tardaron mucho en contestarte? Y si no has pedido autorización, cuando haces el contrato pones que es de protección oficial? ¿Y al entregar la fianza?

Un saludo, espero que me puedas contestar

anónima 21
28 Mayo 2015, 19:23

In reply to by anónimo (not verified)

Hola queria preguntar si ocupo una vivienda de protección oficial que podria pasarme no tengo donde ir ni trabajo ni nada y tengo 21 años gracias

22 Octubre 2010, 12:12

Tengo una vivienda de protección oficial en alquiler la cual tiene ya 13 años desde la entrga de llaves, el problema es que los inquilinos ya me deben un mes de alquiler y a parte gastos de luz y de agua. Mi pregunta es ¿Puedo denunciar a estas personas por impago? Y otra sería ¿Se necesitaria algun permiso especial para poner una vpo en alquiler?,Muchas gracias.

22 Octubre 2010, 12:45

El tema está en que la familia crece y el piso se nos hácia pequeño tubimos que comprar otra casa mas grande la cual estoy pagando con verdaderos esfuerzos ,el motivo de haberla puesto en alquiler, es siplemente el ayudarme a pagar la hipoteca, ya que para su información me quedé en el paro hace unos meses y hay que sacar a dos niños adelante ,si usted sabe una forma mejor de ponerle ceros a una ayuda de 850 euros estando en mi situación ,le ruego me lo comunique y de antemano se lo agradezco.

22 Octubre 2010, 12:58

Lamento su situación personal. Pero hay algo que no funciona en este pais, cuando Ud. Tiene dos pisos en propiedad, y yo no puedo casi pagar el alquiler.

Alvaro
7 Noviembre 2020, 9:38

In reply to by contra la espe… (not verified)

Trabaja y búscate la vida. Papá estado no existe.

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