El Congreso de los Diputados ha convalidado este 18 de marzo el decreto ley de ayudas por los recientes temporales en Andalucía y Extremadura, lo que ha permitido aprobar también la exención fiscal del IRPF a las personas que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2026 ha subido hasta los 1.221 euros brutos en 14 pagas.
El Real Decreto-ley 5/2026 fue aprobado por el Gobierno el pasado 20 de febrero y ha obtenido el respaldo de la Cámara con el único voto en contra de Vox. Además de las medidas fiscales por los daños de los temporales, el texto incluye una disposición adicional para actualizar la deducción en el IRPF por la obtención de rendimientos del trabajo, de manera que se incorpora una deducción fiscal en el IRPF de hasta 591 euros a personas con salarios por debajo de 20.000 euros.
La deducción será de 590,89 euros anuales cuando los rendimientos íntegros del trabajo sean iguales o inferiores al SMI de 2026, fijado en 17.094 euros anules, y se irá reduciendo de forma progresiva hasta desaparecer hasta los 20.048,45 euros anuales. Así pues, lo largo de 2026 el trabajador seguirá viendo retenciones en su nómina, ya que el ajuste se producirá al presentar la declaración de la renta.
Según cálculos de Hacienda, una persona que cobre el SMI en 2026 pagará 365 euros menos de IRPF que en 2025 y el ahorro de todos estos contribuyentes de renta baja acumulado a lo largo de los años de subida del salario mínimo interprofesional alcanza los 11.000 millones de euros.
¿Cómo funciona esta deducción en la declaración de la renta?
Cuando presentes la declaración de la renta correspondiente a 2026, si tus rendimientos íntegros del trabajo no superan los 20.048,45 euros y no percibes otras rentas no exentas superiores a 6.500, podrás aplicar esta deducción.
El importe se restará de la cuota líquida total, una vez practicada la deducción por doble imposición internacional prevista en el artículo 80. No obstante, la deducción no podrá exceder de la parte proporcional de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que corresponda a los rendimientos netos del trabajo computados para la determinación de las bases liquidables.
La medida está dirigida a trabajadores con rentas bajas y medias-bajas, especialmente a quienes ven cómo el aumento del salario mínimo genera retenciones en su nómina. Si cumples los requisitos legales y la cuota correspondiente a tus rendimientos del trabajo lo permite, las retenciones que hayas soportado se verán total o parcialmente compensadas.
Además de proteger a quienes cobran el SMI, el diseño de la deducción evita uno de los problemas clásicos del IRPF: los saltos bruscos en la tributación cuando se supera un determinado umbral salarial.
¿Qué sucede si mis rendimientos del trabajo superan el SMI?
A medida que los ingresos se acercan a los 20.048,45 euros anuales, la deducción disminuye, hasta desaparecer. Más concretamente, por cada euro adicional al importe del SMI, se reduce en 20 céntimos. Este mecanismo evita saltos bruscos y garantiza que ganar un poco más no implique perder de golpe todo el beneficio fiscal. Su fórmula legal es:
Deducción = 590,89 € − 0,2 × (rendimientos íntegros − 17.094 €)
¿Qué ocurre si, además del SMI, percibo otras rentas o tengo varios pagadores?
Las horas extra o determinados pluses no impiden por sí mismos aplicar la deducción. Todo dependerá del cómputo anual: si te mantienes por debajo de los 20.048,45 euros (aunque sea por poco), podrás seguir beneficiándote.
También debes vigilar el límite de tus otras rentas, si las tienes. Al superar los 6.500 euros en ingresos distintos del trabajo (como, alquileres o rendimientos financieros), perderás igualmente el derecho a aplicar este beneficio.
Tener varios pagadores tampoco impide aplicar la deducción, aunque sí puede influir en el importe de las retenciones practicadas durante el año, por eso conviene revisar tus datos fiscales antes de confirmar la declaración.
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