Pregunta de

15 Respuestas:

25 Noviembre 2010, 14:43

Mi comentario responde a que estoy en esta misma siuacion y me parece una verguenza que con lo dificil que es a estas alturas tomar una decision de este calibre,este gobierno nos tenga tan mal informados y tengamos que recurrir a foros que en definitiva no nos sacan de dudas

25 Noviembre 2010, 15:57

Las entregas a cuenta antes de la compraventa te las puedes deducir en renta como aportaciones realizadas a la vivienda en costrucción.
Estas cantidades las restaras en la renta del ejercicio en que escrituras porque sinó estarias deduciendote dicho importe dos veces.

25 Noviembre 2010, 18:41

Esperemos que sirva con el contrato privado y la transferencia junto con las respectivas facturas

27 Noviembre 2010, 9:55

Viviendas adquiridas sobre plano antes de 2011 pero escrituradas después
La ley de Presupuestos Generales contempla un régimen transitorio para las compras sobre plano, las obras de rehabilitación o ampliación de las viviendas en curso. Este régimen amplía el régimen actual de deducción por vivienda habitual actual a todas las viviendas que se compren sobre plano antes del 01/01/2011 mediante la formalización de un contrato de compraventa y la entrega de pagos a cuenta de la futura vivienda.

La vivienda debe ser escriturada y habitada de manera efectiva antes del 2015 para que no perdamos el régimen actual de deducciones en vivienda habitual de manera independiente a nuestra base imponible.

28 Mayo 2011, 14:37

Muy acertado el comentario de Pedro Ceuta, pero vamos a complicar un poco más el asunto. Yo he firmado contrato privado de construccion de vivienda en octubre de 2010, he pagado señal, entrada y primera letra en 2010, y me entregan la vivienda a finales de 2012. Por tanto tengo derecho a las deducciones por vivienda en el irpf por las letras que pague en 2011 y 2012. El tema es que lo he firmado yo como persona soltera, pero es que en 2012 antes de la entrega de vivienda me caso y quisiera escriturar la vivienda a nombre de los dos al 50 % cada uno. Ella no entregaria nada hasta la fecha de escriturar. Entiendo que ella pierde el derecho a deducción por escriturar despues de 1-1-2011, pero ¿En qué situación quedo yo? ¿Solo podría deducirme el 50 % de la hipoteca? Y si pongo toda la hipoteca a mi nombre aunque la titularidad de la vivieda sea compartida, ¿Podría deducirme el 100 %?

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