Conocer las ayudas para la rehabilitación de viviendas 2026 en España es esencial para que puedas tomar decisiones de inversión y mejora en tus inmuebles con el máximo ahorro posible.
Este año vienen novedades importantes a raíz de la aprobación del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que convive con otras ayudas previas, como las procedentes de los fondos Next Generation, las deducciones por rehabilitación de vivienda en el IRPF y otras posibles ayudas a nivel autonómico o local.
Para que salgas de dudas, te contamos cuáles son las ayudas a la rehabilitación de vivienda en 2026 que debes conocer y en qué consiste cada una de ellas.
- ¿Cuáles son las ayudas a la rehabilitación de viviendas 2026?
- Deducciones por rehabilitación de vivienda 2026 en el IRPF
- Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: ayudas a la rehabilitación
- Ayudas a la rehabilitación integral de edificios de viviendas
- Ayudas a la rehabilitación de viviendas
- Ayudas a la rehabilitación de viviendas vacías que se vayan a destinar al alquiler social o asequible
- Ayudas adicionales a la rehabilitación de viviendas en edificios con distintos niveles de protección patrimonial
- Fondos europeos 'Next generation' 2026 para la rehabilitación de vivienda
- ¿Qué se considera rehabilitación de vivienda?
- Requisitos para solicitar las ayudas para reformas de viviendas
- ¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?
¿Cuáles son las ayudas a la rehabilitación de viviendas 2026?
Existen distintos tipos de ayudas por reforma de vivienda en 2026 de las que puedes beneficiarte, siempre que se cumplan los requisitos de cada convocatoria. Las grandes ayudas y subvenciones para la rehabilitación de vivienda vigentes este año son la siguientes:
- Ayudas en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
- Deducciones por rehabilitación de vivienda en el IRPF.
- Ayudas específicas en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado con los fondos europeos Next Generation (vigentes solo hasta 30 de junio de 2026).
Además, es posible que existan ayudas especificas en el marco de tu comunidad autónoma o incluso a nivel local: para ello deberás consultar al organismo correspondiente e informarte de los requisitos y régimen de compatibilidad con otras ayudas de carácter estatal.
A continuación analizamos los tres principales paquetes de ayudas para la rehabilitación de inmuebles para que conozcas sus requisitos y ventajas.
Deducciones por rehabilitación de vivienda 2026 en el IRPF
Las deducciones por rehabilitación de vivienda en el IRPF siguen constituyendo la principal ayuda para quienes invierten en mejoras en sus inmuebles. Vigentes desde 2021, el Real Decreto-ley 7/2026 extendió su aplicación hasta el 31 de diciembre de 2026 como respuesta a los efectos de la crisis en Oriente Medio. Por tanto, podrás beneficiarte de ellas en tu declaración de la Renta 2027.
Estas deducciones fiscales emanan del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y que varían según el tipo de obra y la mejora energética alcanzada:
- Deducción del 20 %: Se aplica para obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en, al menos, un 7 %.
- Deducción del 40 %: Disponible para actuaciones que disminuyan el consumo de energía primaria no renovable en un 30 % o mejoren la calificación energética para obtener las letras A o B.
- Deducción del 60 %: Se otorga para obras de rehabilitación energética en edificios residenciales que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30 % o mejoren la calificación energética para alcanzar las letras A o B.
Ten en cuenta lo siguiente:
- La base máxima anual de estas deducciones es de 5.000 euros. Sin embargo, en el caso de la deducción para edificios residenciales, existe la posibilidad de deducir el exceso, con el mismo límite en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.
- Las ayudas económicas concedidas en el marco de estos los programas de rehabilitación energética no se integran en la base imponible del IRPF. Por tanto, se trata de ayudas exentas en el IRPF que no tendrán que tributar en la declaración de la Renta.
Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: ayudas a la rehabilitación
El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 incluye un gran número de medidas destinadas a ampliar y mejorar el parque de vivienda en España.
En el marco específico de las ayudas a la rehabilitación, existen cuatro programas diferenciados, costeados a través de la 'Línea de financiación de ayudas para el fomento de la rehabilitación edificatoria, la accesibilidad y la renovación urbana y rural'.
Ayudas a la rehabilitación integral de edificios de viviendas
Esta ayuda va destinada a la rehabilitación de edificios residenciales y viviendas unifamiliares con carácter integral en términos de seguridad, accesibilidad, habitabilidad o sostenibilidad.
- Qué cubre. Se definen tres tipos de actuaciones que pueden ser objeto de subvención.
- Actuaciones en materia de seguridad, que consisten en intervenciones sobre elementos estructurales o la adecuación de la envolvente del edificio o vivienda a la protección contra incendios.
- Actuaciones en materia de accesibilidad a nivel de edificio, como la instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras, automatismos de puertas, grúas, sistemas de seguridad, productos de apoyo a la audición, y demás elementos pensados para personas con discapacidad o personas mayores.
- Actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad, como la retirada de materiales tóxicos (amianto, gas radón).
Importe de la ayuda. En actuaciones en materia de seguridad, hasta 8.000 euros por vivienda, con un límite del 40 % del coste de la actuación.
En materia de accesibilidad, 13.000 euros por vivienda, o hasta 18.000 / 20.500 euros si en el edificio reside una persona con discapacidad (en función de su grado de discapacidad) o mayor de 65 años. Si el objetivo es garantizar la plena accesibilidad universal del inmueble, la ayuda podrá alcanzar los 22.000 euros por vivienda. Además, opera un límite del 70 % del coste de la actuación, o del 80 % en caso de residente con discapacidad o mayor de 65 años.
En cuanto a las actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad, la cuantía máxima subvencionable depende se calcula teniendo en cuenta el Anexo II del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
En caso de vulnerabilidad económica de alguno de los propietarios, la ayuda podrá llegar al 100% del coste imputable a esa persona.
- Quiénes pueden solicitarla. Propietarios, usufructuarios (ya sean personas físicas o jurídicas), comunidades de propietarios y agrupaciones de ellas, así como agrupaciones de propietarios, cooperativas de viviendas, empresas arrendatarias o concesionarias de edificios y administraciones públicas.
- Requisitos. La rehabilitación debe llevarse a cabo sobre edificios finalizados antes del año 2006, con excepciones. Se exige un proyecto o memoria técnica, el libro del edificio actualizado, y garantizar la retirada segura de materiales nocivos si los hubiera. La ayuda prioriza actuaciones completas y coordinadas en el edificio y puede complementarse con apoyos a los costes de gestión, proyectos y otros trámites.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas
Esta ayuda va destinada a la rehabilitación de viviendas en edificios residenciales de vivienda colectiva.
- Qué cubre. Quedan cubiertos dos tipos de actuaciones:
- Las actuaciones en materia de accesibilidad dentro de la vivienda, como la instalación de rampas, salvaescaleras, automatismos de puertas, grúas, productos de apoyo a la audición, y demás elementos pensados para personas con discapacidad o personas mayores.
- Actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad como la retirada de materiales tóxicos (amianto, gas radón).
Importe de la ayuda. En actuaciones en materia de accesibilidad, hasta el 8 % del coste de la inversión, con un límite de 15.000 o 18.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad (en función del grado de discapacidad reconocido).
En actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad, hasta el 40 % de la inversión, con un límite de 7.500 euros por vivienda.
En caso de vulnerabilidad económica, la ayuda podrá llegar al 100% del coste.
- Quiénes pueden solicitarla. Personas propietarias o usufructuarias, ya sean personas físicas o jurídicas, así como arrendatarios y cesionarios.
- Requisitos. La rehabilitación debe llevarse a cabo sobre viviendas finalizadas antes del año 2006, con excepciones. Además, debe tratarse de la vivienda habitual de la persona que solicite la ayuda, y se deberá aportar un proyecto o justificar las actuaciones mediante memoria firmada por un técnico competente.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas vacías que se vayan a destinar al alquiler social o asequible
Se trata de una ayuda destinada al fomento de la rehabilitación de viviendas vacías con el fin de ofrecerlas en alquiler social o asequible.
- Importe de la ayuda. Hasta 30.000 euros de financiación. En caso de que la vivienda se encuentre en un municipio o núcleo de población de 10.000 habitantes o menos, la ayuda podrá ascender hasta 35.000 euros.
- Quiénes pueden solicitarla. Las personas beneficiarias pueden ser propietarios, usufructuarios (ya sean personas físicas o jurídicas), comunidades de propietarios y agrupaciones de ellas, así como agrupaciones de propietarios, cooperativas de viviendas, empresas arrendatarias o concesionarias de edificios y administraciones públicas.
- Requisitos. Es necesario que la vivienda lleve vacía más de dos años y que, tras la rehabilitación, la vivienda se disponga en alquiler residencial por un plazo mínimo de cinco años a un precio asequible. Esto significa que las rentas deberán ceñirse al marco del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda.
Ayudas adicionales a la rehabilitación de viviendas en edificios con distintos niveles de protección patrimonial
Se trata de una ayuda extra de hasta 30.000 euros cuando la vivienda que vaya a rehabilitarse se encuentre en un casco histórico o cuente con especial protección patrimonial. Esta ayuda es compatible con la anterior.
Una vivienda ubicada en un casco histórico que acometa mejoras en su estructura, en su accesibilidad y en su eficiencia energética podrá obtener una ayuda de hasta 50.000 euros.
Fondos europeos 'Next generation' 2026 para la rehabilitación de vivienda
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado con los fondos europeos Next Generation, incluye, además de deducciones en el IRPF, todo un abanico de programas de ayudas en forma de aportación económica de las que puedes beneficiarte siempre que la ejecución de todas las actuaciones subvencionadas hayan finalizado antes del 30 de junio de 2026:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación de edificios. Las ayudas cubren entre el 40 y el 80 % de los costes, pudiendo llegar al 100 % en el caso de vulnerabilidad económica. Las cuantías máximas oscilan entre los 6.300 euros a 18.800 euros por vivienda.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
- Programa de ayuda a la elaboración del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Podrán alcanzar hasta 3.500 euros por libro del edificio existente y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. Se concederán a través de convocatorias públicas de las diferentes autonomías.
- Avales ICO para impulsar la rehabilitación. La línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) cubre parcialmente el riesgo de los préstamos concedidos por entidades financieras privadas para la rehabilitación de edificios de vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. En este caso, el 1 de junio de 2026 fue el último día para presentar formalmente la solicitud de financiación ante las entidades bancarias participantes, siendo el 31 de agosto la fecha límite para firmar y constituir el préstamo con aval.
¿Qué se considera rehabilitación de vivienda?
Se considera rehabilitación de vivienda aquella acción constructiva o edificatoria que se realiza para mejorar algunas de las condiciones de la vivienda, como la seguridad estructural y constructiva, la protección contra la humedad, la iluminación natural, la ventilación interior, la eficiencia energética, las instalaciones, los acabados, etc.
La rehabilitación de vivienda puede tener diferentes finalidades, como la adecuación estructural, la adecuación funcional, la remodelación, la conservación del patrimonio o la mejora de la eficiencia energética.
En el marco de las ayudas a la rehabilitación de vivienda vigentes en 2026, es necesario que las obras e intervenciones de rehabilitación tengan una finalidad concreta y un resultado mínimo acorde a lo establecido en las bases correspondientes.
Es necesario consultar las bases de cada ayuda o deducción concreta para comprobar si la actuación sobre el inmueble cumple o no con los requisitos que se exigen. En caso contrario, podrías perder la ayuda o ver denegada tu solicitud.
Requisitos para solicitar las ayudas para reformas de viviendas
Los requisitos para solicitar ayudas por rehabilitan de vivienda dependen del tipo de ayuda que desees solicitar.
Por ejemplo, en el caso de las ayudas fiscales en forma de deducción en el IRPF, éstas van destinadas a los propietarios de inmuebles que realicen obras de mejora de la eficiencia energética tanto para su propia vivienda habitual como para inmuebles de su titularidad que tuvieran arrendadas o con expectativa de alquiler.
En el resto de casos también es posible beneficiarse de las distintas ayudas a la rehabilitación en calidad de usufructuario o incluso como arrendatario, o como empresa pública, cooperativa... Por eso es importante consultar las bases de cada tipo de ayuda específica para conocer sus condiciones.
¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?
En el caso de las ayudas en forma de deducción en el IRPF, basta con acreditar, tal y como exige la normativa, la adecuación de las obras realizadas al fin que se subvenciona. Para ello, es necesario aportar un certificado de eficiencia energética que demuestre que se ha alcanzado el porcentaje de mejora que exige la normativa.
Además, es importante guardar toda la documentación referente a las obras realizadas, en particular, facturas y documentos que demuestren que el pago sea realizado de forma legal y trazable.
En cuanto al resto de ayudas, en general, las comunidades autónomas son las responsables de repartirlas. En la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana encontrarás un mapa con las Oficinas de Rehabilitación de cada región, donde se puede consultar toda la información sobre estos programas y los requisitos para acceder a ellos.
También puedes contactar con algún técnico o agente rehabilitador a través de las Oficinas de Rehabilitación. Aquí se puede obtener la información sobre dónde y cómo presentar los proyectos de rehabilitación.
Por tanto, para solicitar este tipo de ayudas es necesario comunicarse, vía online o presencialmente, con el órgano de gobierno de cada comunidad autónoma.




