Conocer las ayudas para la rehabilitación de viviendas resulta esencial para que puedas tomar decisiones de inversión y mejora en tus inmuebles con el máximo ahorro posible. Este año, además, vienen importantes novedades a raíz de la aprobación del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
Para que salgas de dudas, te contamos cuáles son las ayudas disponibles y en qué consiste cada una de ellas.
- Ayudas a la rehabilitación de vivienda
- Fondos 'Next generation' 2026 para la rehabilitación de vivienda
- Ayudas a la rehabilitación de edificios
- Ayudas a la rehabilitación de viviendas vacías destinadas al alquiler
- ¿Cuál es la deducción por rehabilitación de la vivienda habitual?
- ¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?
Ayudas a la rehabilitación de vivienda
Estas ayudas van destinadas a la rehabilitación de viviendas en edificios residenciales de vivienda colectiva. Quedan cubiertas dos tipos de actuaciones:
- En materia de accesibilidad dentro de la vivienda, como la instalación de rampas, salvaescaleras, automatismos de puertas, grúas, productos de apoyo a la audición, y demás elementos pensados para personas con discapacidad o personas mayores.
- En materia de habitabilidad y sostenibilidad, como la retirada de materiales tóxicos (amianto, gas radón).
Las cuantías de las ayudas son:
- En materia de accesibilidad, hasta el 8% del coste de la inversión, con un límite de 15.000 o 18.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad (en función del grado de discapacidad reconocido).
- En materia de habitabilidad y sostenibilidad, hasta el 40% de la inversión, con un límite de 7.500 euros por vivienda.
- En caso de vulnerabilidad económica, la ayuda podrá llegar al 100% del coste.
Tienen derecho a solicitarlas personas propietarias o usufructuarias, ya sean personas físicas o jurídicas, así como arrendatarios y cesionarios, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- La rehabilitación debe llevarse a cabo sobre viviendas finalizadas antes del año 2006, con excepciones.
- Debe tratarse de la vivienda habitual de la persona que solicite la ayuda.
- Se deberá aportar un proyecto o justificar las actuaciones mediante memoria firmada por un técnico competente.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas en edificios con protección patrimonial
Se trata de una ayuda extra de hasta 30.000 euros cuando la vivienda que vaya a rehabilitarse se encuentre en un casco histórico o cuente con especial protección patrimonial. Esta ayuda es compatible con la anterior.
Una vivienda ubicada en un casco histórico que acometa mejoras en su estructura, en su accesibilidad y en su eficiencia energética podrá obtener una ayuda de hasta 50.000 euros.
Fondos 'Next generation' 2026 para la rehabilitación de vivienda
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado con los fondos europeos Next Generation, incluye todo un abanico de programas de ayudas de las que puedes beneficiarte siempre que la ejecución de todas las actuaciones subvencionadas haya finalizado antes del 30 de junio de 2026:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación de edificios. Las ayudas cubren entre el 40 y el 80% de los costes, pudiendo llegar al 100% en el caso de vulnerabilidad económica. Las cuantías máximas oscilan entre los 6.300 euros y 18.800 euros por vivienda.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación debe ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
- Programa de ayuda a la elaboración del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Podrán alcanzar hasta 3.500 euros por libro del edificio existente y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. Se concederán a través de convocatorias públicas de las diferentes autonomías.
- Avales ICO para impulsar la rehabilitación. Cubre parcialmente el riesgo de los préstamos concedidos por entidades financieras privadas para la rehabilitación de edificios de vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. En este caso, el 1 de junio de 2026 fue el último día para presentar formalmente la solicitud de financiación ante las entidades bancarias participantes.
Ayudas a la rehabilitación de edificios
Esta ayuda va destinada a la rehabilitación de edificios residenciales y viviendas unifamiliares con carácter integral en términos de seguridad, accesibilidad, habitabilidad o sostenibilidad.
Se definen tres tipos de actuaciones que pueden ser objeto de subvención:
- Actuaciones en materia de seguridad: intervenciones sobre elementos estructurales o la adecuación de la envolvente del edificio o vivienda a la protección contra incendios.
- Actuaciones en materia de accesibilidad a nivel de edificio, como la instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras, automatismos de puertas, grúas, sistemas de seguridad, productos de apoyo a la audición y demás elementos pensados para personas con discapacidad o mayores.
- Actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad, como la retirada de materiales tóxicos (amianto, gas radón).
En cuanto al importe de las ayudas:
- En materia de seguridad, hasta 8.000 euros por vivienda, con un límite del 40% del coste de la actuación.
- En materia de accesibilidad, 13.000 euros por vivienda, o hasta 18.000 / 20.500 euros si en el edificio reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años. Si el objetivo es garantizar la plena accesibilidad universal del inmueble, la ayuda podrá alcanzar los 22.000 euros por vivienda. Además, opera un límite del 70% del coste de la actuación, o del 80% en caso de residente con discapacidad o mayor de 65 años.
- En materia de habitabilidad y sostenibilidad, la cuantía máxima subvencionable se calcula teniendo en cuenta el Anexo II del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
- En caso de vulnerabilidad económica de alguno de los propietarios, la ayuda podrá llegar al 100% del coste imputable a esa persona.
Podrán beneficiarse de esta ayuda:
- Propietarios.
- Usufructuarios (ya sean personas físicas o jurídicas).
- Comunidades de propietarios.
- Agrupaciones de propietarios.
- Cooperativas de viviendas.
- Empresas arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Administraciones públicas.
Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- La rehabilitación debe llevarse a cabo sobre edificios finalizados antes del año 2006, con excepciones.
- Se exige un proyecto o memoria técnica, el libro del edificio actualizado y garantizar la retirada segura de materiales nocivos si los hubiera.
- La ayuda prioriza actuaciones completas y coordinadas en el edificio y puede complementarse con apoyos a los costes de gestión, proyectos y otros trámites.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas vacías destinadas al alquiler
Se trata de una ayuda dirigida a fomentar la rehabilitación de viviendas vacías con el fin de ofrecerlas en alquiler social o asequible.
- Importe de la ayuda: Hasta 30.000 euros de financiación. En caso de que la vivienda se encuentre en un municipio o núcleo de población de 10.000 habitantes o menos, la ayuda podrá ascender hasta 35.000 euros.
- Quiénes pueden solicitarla: Propietarios, usufructuarios (ya sean personas físicas o jurídicas), comunidades de propietarios y agrupaciones de ellas, así comocooperativas de viviendas, empresas arrendatarias o concesionarias de edificios y administraciones públicas.
- Requisitos: Es necesario que la vivienda lleve vacía más de dos años y que, tras la rehabilitación, la vivienda se ponga en alquiler residencial por un plazo mínimo de cinco años a un precio asequible. Esto significa que las rentas deberán ceñirse al marco del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda.
¿Cuál es la deducción por rehabilitación de la vivienda habitual?
Las deducciones por rehabilitación de vivienda en el IRPF emanan del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y varían según el tipo de obra y la mejora energética alcanzada:
- Deducción del 20%: Se aplica para obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en, al menos, un 7%.
- Deducción del 40%: Disponible para actuaciones que disminuyan el consumo de energía primaria no renovable en un 30% o mejoren la calificación energética para obtener las letras A o B.
- Deducción del 60%: Se otorga para obras de rehabilitación energética en edificios residenciales que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30% o mejoren la calificación energética para alcanzar las letras A o B.
Ten en cuenta lo siguiente:
- La base máxima anual de estas deducciones es de 5.000 euros.
- En el caso de edificios residenciales existe la posibilidad de deducir el exceso, con el mismo límite en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.
- Las ayudas económicas concedidas no se integran en la base imponible del IRPF. Por tanto, no tendrán que tributar en la declaración de la Renta.
¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?
En el caso de las ayudas en forma de deducción en el IRPF:
- Basta con acreditar, tal y como exige la normativa, la adecuación de las obras realizadas al fin que se subvenciona.
- Para ello, es necesario aportar un certificado de eficiencia energética que demuestre que se ha alcanzado el porcentaje de mejora que exige la normativa.
- Es importante guardar toda la documentación referente a las obras realizadas, en particular, facturas y documentos que demuestren que el pago se ha realizado de forma legal y trazable.
En cuanto al resto de ayudas:
- Las comunidades autónomas son las responsables de repartirlas.
- En la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana encontrarás un mapa con las Oficinas de Rehabilitación de cada región, donde se puede consultar toda la información sobre estos programas y los requisitos para acceder a ellos.
- También puedes contactar con algún técnico o agente rehabilitador a través de las Oficinas de Rehabilitación. Aquí se puede obtener la información sobre dónde y cómo presentar los proyectos de rehabilitación.
Por tanto, para solicitar este tipo de ayudas es necesario comunicarse, vía online o presencialmente, con el órgano de gobierno de cada comunidad autónoma.


