¿Cómo solicitar la devolución de ingresos indebidos a Hacienda?

Solicitar la devolución de ingresos indebidos por IRPF u otros tributos es posible a través de un sencillo procedimiento, ¡apunta!
Solicitar la devolución de ingresos indebidos
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En ocasiones, es posible pagar de más a Hacienda por error debido a diferentes motivos: un cobro duplicado, un abono superior... En estos casos es posible recuperar tu dinero a través del llamado procedimiento especial de devolución de ingresos indebidos. 

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Te contamos en qué casos puedes acudir a esta vía y cuál es el paso a paso para tramitar tu petición.

¿Cuándo solicitar la devolución de ingresos indebidos?

Este procedimiento es una herramienta a la que puedes acudir cuando se haya producido alguna de las siguientes circunstancias: 

  • Una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.
  • Una cantidad pagada superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
  • Un ingreso de cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción o cuando así lo establezca la normativa tributaria.

¿Cómo solicitar la devolución de ingresos indebidos?

Tanto particulares como empresas pueden solicitar una devolución en las oficinas de la Agencia Tributaria, o bien en las oficinas de Correos, entre otros puntos. La forma más sencilla y rápida de hacerlo es de forma telemática. Estos son los pasos que debes seguir.

  1. Recopila la documentación necesaria, que deberá acreditar tu derecho a la devolución: facturas, comprobantes, etc. También deberás indicar el medio elegido para que Hacienda te devuelva el dinero.
  2. Presenta la solicitud: Deberás explicar los motivos de tu reclamación y adjuntar toda la documentación que demuestre tu postura. No olvides informar sobre la declaración por la que se produjo el ingreso indebido, así como justificar el pago realizado.
  3. Espera la propuesta de resolución de Hacienda: La Agencia Tributaria comprobará las circunstancias que determinen el derecho a la devolución y notificará su propuesta de resolución. Tiene un plazo de 6 meses para darte una respuesta y, en caso de no cumplirlo, el silencio administrativo será negativo, aunque ello no te impedirá seguir reclamando.
  4. Presentación de alegaciones: En caso de desacuerdo tendrás un plazo de 10 días para la presentación de alegaciones y los documentos o justificantes que se estimen necesarios. Se puede prescindir de este trámite si la propuesta de Hacienda es igual a la solicitada por el obligado.
  5. Resolución: El órgano competente dictará una resolución motivada en la que, si procede, se acordará el derecho a la devolución, se determinará el titular del derecho y el importe de la devolución.
  6. Presentación de recurso: Si no estás de acuerdo con el resultado, podrás presentar un recurso mediante dos vías:
  • Recurso de reposición: Deberás presentarlo en la oficina de la que proviene el acto administrativo en el plazo de un mes, haciendo constar que no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación económico-administrativa: El plazo es de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquel en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Cuándo sospecha Hacienda
Imagen de pressfoto en Freepik.

¿Qué plazo hay para solicitar la devolución de ingresos indebidos en el IRPF?

El plazo para reclamar será de cuatro años desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido o desde la finalización del plazo para presentar la declaración.

Es importante iniciar tu reclamación cuanto antes.

Además, el plazo se verá interrumpido en caso de presentar una reclamación o en caso de que la Administración realice alguna actuación para la devolución.

¿Se puede pedir online la rectificación de ingresos indebidos?

Sí, es posible la tramitación electrónica de la devolución de ingresos indebidos y, de hecho, es la vía más sencilla y ágil para hacerlo:

  • Basta con identificarte a través de Cl@ve Móvil, Certificado electrónico o DNI electrónico.
  • Después deberás seguir la siguiente ruta: 'Todas las gestiones' / 'Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones' / 'Procedimientos especiales de revisión' / 'Devolución de ingresos indebidos'. 
  • Una vez presentada tu solicitud, recibirás una notificación en un plazo máximo de 6 meses a través de la vía de comunicación habitual con Hacienda (que puede ser la notificación electrónica). 
  • También puedes efectuar alegaciones y aportar nuevos documentos o justificantes a través de esta vía, siguiendo la misma ruta.

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