Consumo estima que más de un millón de personas vive en alquiler de temporada o de habitación en España

De ellos, medio millón reconoce que vive así en contra de su voluntad, según datos del departamento que dirige Pablo Bustinduy
Archivo - El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.
El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy. Europa Press
Europa Press

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha señalado que 1,15 millones de personas viven en España en alquiler de temporada o de habitación, y más de un tercio -unas 422.000- habría preferido un alquiler de vivienda habitual de haber tenido opción.

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En declaraciones a los medios de comunicación, Bustinduy ha enfatizado la necesidad de retomar el real decreto ley de vivienda, con medidas como la prórroga de los alquileres, para poner freno a la especulación y a los pisos turísticos y regular el alquiler de temporada y habitaciones.

Para el ministro, no caben "más dilaciones" en la aprobación de este real decreto ley por parte del Consejo de Ministros y ha insistido en que debe salir adelante "en el mes de septiembre y cuanto antes".

Negociaciones parlamentarias

Respecto a las negociaciones con los grupos parlamentarios, Bustinduy ha asegurado que los contactos "son constantes". "No hay una obligación más importante que para el Congreso de los Diputados ahora mismo que sacar adelante esta solución, esta respuesta a la primera necesidad de la ciudadanía", ha remarcado.

Para el titular de Consumo, resulta urgente atajar los problemas que afectan a la vida cotidiana de la gente, empezando por la vivienda. "Es una obviedad que el precio de la vivienda en este país se ha convertido en la principal fuente de desigualdad que hay. Es el principal lastre", ha señalado en declaraciones a los medios de comunicación.

1 Comentarios:

JOSE
7 Septiembre 2026, 19:57

Si, como dice el ministro, no caben más dilaciones, el tiempo empleado en negociar debería servir también para corregir una cláusula del borrador, la Disposición Final 3.ª, que apenas se está explicando. Esta permite al arrendador recuperar la vivienda por necesidad —real o fabricada— aunque esa facultad no figure en el contrato, y las solicitudes realizadas bajo el RDL 8/2026 quedan sometidas a la nueva regulación. Esto puede privar a inquilinos de años de prórroga que ya tenían reconocidos. Es decir, al final, ni prórroga ni reforzada.

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