El Supremo avala que una empresa imponga sanciones más leves que las previstas en el convenio
El Tribunal Supremo ha despejado una de las dudas más repetidas en el ámbito laboral: ¿es posible que una empresa aplique una sanción más leve de la que marca el convenio colectivo? La respuesta es sí. Y no es una interpretación menor, pues la Sentencia 559/2025, dictada el 10 de junio, marca doctrina y redefine los límites del poder disciplinario empresarial.