Comentarios: 4
El supremo ratifica el derecho de cualquier propietario a convertir una oficina en vivienda

El tribunal supremo ha confirmado su doctrina sobre la vía libre para cualquier propietario al cambio de uso de un local de oficina a piso, salvo que dicho cambio de uso esté expresamente prohibido o que aparezca limitado por el régimen de propiedad horizontal

Según la sentencia, la comunidad de propietarios del edificio covadonga de berja (Almería) se opuso a que uno de sus vecinos cambiara el uso de la oficina de su propiedad para convertirla en vivienda. La dueña adujo que no existía prohibición expresa para hacerlo y que por ello no existía limitación a su derecho de propiedad sobre la finca, que podría destinar al uso que más le interesase. El juzgado estimó la demanda al entender que el cambio de uso no estaba permitido en los estatutos

Sin embargo, la audiencia provincial declaró no probado que los estatutos contuvieran prohibición expresa al respecto, así como que tampoco el cambio de uso implicaba una afectación de la estructura del edificio ni comprometía elementos comunes, no acreditándose tampoco que la transformación en vivienda exigiera de una mayor participación. Ahora la sala confirma esta decisión absolutoria

La sala primera reitera la doctrina respecto del cambio de uso de los pisos o locales en régimen de propiedad horizontal, recordando que se trata de un derecho del propietario englobado en las facultades dominicales, que no puede ser sustraído a no ser que conste que el nuevo uso está expresamente prohibido o que el cambio de destino se encuentra expresamente limitado por el régimen de propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria (lo que no ha sido el caso)

 

Ver comentarios (4) / Comentar

4 Comentarios:

Anonymous
30 Octubre 2013, 0:22

Sobran viviendas y vamos a convertir oficinas en mas viviendas.

Anonymous
30 Octubre 2013, 11:29

In reply to by anónimo (not verified)

También sobran oficinas, me temo que sobra de todo, lo que falta es dinero.

Anonymous
31 Octubre 2013, 17:32

In reply to by anónimo (not verified)

Yo no lo entiendo así, está claro que sobran viviendas si, pero si por cualquier razón una persona se queda sin casa estoy de acuerdo en que se permita el uso como vivienda de una oficina, siempre que se cumplan los requisitos y demás

Anonymous
30 Octubre 2013, 13:20

Este cambio de uso sólo es lógico o valido para poquisimos casos.
No sirve cualquier local para convertirlo en vivienda.
Hay que tener en cuenta los temas de luz, agua, gas, ventilaciones, desagües, vistas, terrazas, sol, etc. hay que cumplir toda la normativa actual para obtener la habitabilidad. Los dormitorios tienen que ser exteriores y las cocinas necesitan salidas de humos y ventilación para el gas. Etc
Probablemente los locales esquineros puedan convertirse, pero el resto quedarian como unas cuevas.
Pero ya sabemos, España es diferente y todo vale.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta