Cámara de videovigilancia instalada en el interior de una vivienda compartida

La AEPD multa con 6.000 euros a un propietario por instalar cámaras en un piso compartido

¿Se pueden instalar cámaras en las zonas comunes de un piso alquilado por habitaciones si los inquilinos han firmado una cláusula aceptándolas? La Agencia Española de Protección de Datos responde a esta cuestión imponiendo una multa de 6.000 euros a un propietario, considerando que su inclusión en el contrato de arrendamiento no basta para legitimar el tratamiento de las imágenes. La reclamante sostuvo, además, que las personas que accedían a la grabación no eran las mismas que figuraban como arrendadoras.
Tribunal Supremo

Mirillas con cámara en la puerta: lo que permite y prohíbe el Supremo

Muchas viviendas han sustituido las mirillas tradicionales por dispositivos electrónicos capaces de detectar movimiento, grabar imágenes o activar alertas móviles. Pero, ¿es legal instalar una cámara de este tipo en la entrada de casa cuando se vive en una comunidad de vecinos? El Tribunal Supremo acaba de aclarar que vulnera la intimidad de los vecinos. De hecho, recuerda que el derecho a la intimidad protege frente a cualquier forma de vigilancia no consentida en espacios próximos o vinculados al domicilio.
Jardín de una casa visible desde la calle

Derecho a la intimidad: ¿es legal grabarte en el jardín de casa?

¿Hasta dónde llega la intimidad del domicilio? ¿Y si lo que se ve desde la calle no está protegido por muros ni setos? El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha abordado una cuestión con importantes implicaciones: si un jardín de uso privado, pero a la vista de cualquiera, puede ser objeto de vigilancia sin vulnerar derechos fundamentales. La sentencia, dictada el 9 de mayo por la Sala de lo Social, resuelve un recurso en el que se discutía la validez de un vídeo captado por un detective privado, contratado por una mutua, donde se observa a un trabajador realizando labores físicas mientras estaba de baja por incapacidad. Si el interior del jardín se ve desde la calle, no hay vulneración de intimidad.