Pregunta de

2 Respuestas:

BROSH
9 Octubre 2010, 14:03

La puedes reclamar como cualquier otra deuda, aunque debes examinar si se estableció alguna garantía, tipo condición resolutoria, u otro tipo, para el caso de impago.
Lo lógico es consultar con un abogado el caso antes de presentar una demanda de reclamación de pago o resolución de la venta ante el juzgado.

15 Octubre 2010, 12:21

Es importante que pidas una copia de la escritura o una nota en el registro de la propiedad y te informes de "como" has aplazado el pago. Caben 2 posibilidades:
1) "simple expresión del aplazamiento del pago". En ese caso no surte efecto contra terceros y si hay una hipoteca posterior es preferente a tu derecho, con lo que es posible que te quedes sin cobrar.
2) Aplazamiento garantizado con "condición resolutoria". En ese caso tu derecho es preferente a todos los posteriores.
En las dos posibilidades buenas (que el aplazamiento esté garantizado o no lo esté pero no haya cargas posteriores) lo que tienes que hacer cuando te convenga es "cerrar" el plazo mediante un requerimiento notarial, conforme al art. 1504 CC y a continuación embargar el bien y subastarlo. En el caso malo (que existan ya cargas preferentes a la tuya), quizás no valga la pena.

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