Pregunta de

5 Respuestas:

Anonymous
27 Marzo 2011, 13:09

Es obligatorio,presentar ante notario el doc que acredita el pago,vete al notario y habla con el

Anonymous
29 Marzo 2011, 13:03

Hola, pues siento decirte que por negligencia del notario de no advertirte sobre este punto (lo que incluso yo no llamaría negligencia pues es ciertamente habitual que los notarios pasen por informar a los clientes de todos estos puntos) y cierta picaresca por parte del vendedor "te han colado un gol". Desde el momento en que en la escritura pone (y tu aceptas firmándola) que exoneras al vendedor de presentar ese justificante tu, en todo caso, sigues obligado a pagar las deudas de la comunidad. Respondes de las deudas de los 2 años anteriores a la adquisición. Ten en cuenta que la comunidad puede dirigirse contra tu inmueble que es la garantía de cobro. Eso si, luego puedes reclamarle al vendedor, pero ya tienes el problema de tener que meterte en la vía judicial si no quiere pagarte ese dinero voluntariamente. De no haber exonerado al vendedor de esta obligación hubieras podido resolver el tema en la notaría, ahora es mas complicado. De todos modos como el vendedor ha cobrado por la venta tienes posibilidades de cobrar. Yo le pondría un monitorio por la vía civil. Por la vía penal, olvídate!. Saludos

Anonymous
29 Marzo 2011, 13:41

In reply to by Borja Gómez Ma… (not verified)

Gracias por las respuestas, ya me han informado y por ley ponga lo que ponga en la escritura el comprador tiene que hacerse cargo de las duedas de comunidad del año en curso al al escritura y el anterior. Luego sí, como dice Borja puedo demandar al antigüo dueño y por yo actuar de buena fe tengo posibilidades de ganar, pero en este pais la buena fe no esta pagada, asi que no se si merecería la pena.

Un saludo

Anonymous
30 Abril 2011, 17:41

Borja, lleva usted toda la razón. En que ciudad vive? tengo una promotora y quisiera contratarle

Anonymous
30 Abril 2011, 17:41

Borja, lleva usted toda la razón. En que ciudad vive? tengo una promotora y quisiera contratarle

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta