puede, dado el interes de otro comprador en adquirirla para convertirla en negocio de alquiler vacacional, subir el precio para, cumpliendo con la obligatoriedad de ofrecerla al inquilino que este no pueda acceder a la misma'
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2 Respuestas:
El precio es libre y puede poner el precio alto (por ejemplo 180.000€) o bajo (p.e. 120.000).
Pero si pone un precio alto (180.000) y no lo vende por ese precio y lo acaba vendiendo a un tercero por un precio menor (p.e. 150.000) antes de venderlo al tercero se lo debe ofrecer al inquilino x 150.000€. Si no lo hace el inquilino puede reclamar judicialmente!!!
Vamos por partes, si en tu contrato de alquiler tienes una clausula de tanteo si quie tienes derecho preferente para la compra del inmueble en cuestión.
Ahora bien, si no tienes esa clausula, el propietario te a ofrecido la posibilidad de comprarlo de motivo propio.
Tienes que tener en cuenta que si tienes el contrato de arrendamiento en vigor, NADIE puede sacarte de tu casa hasta que se termine el contrato.
Si el propietario vendiera el inmueble a terceros tendrían que subrogarse obligatoriamente a el contrato de arrendamiento actual y respetarlo.
Si tuvieras esa cláusula de tanteo en tu contrato seria totalmente diferente.
El propietario estaria obligado a ofrecerte el inmueble a ti primero y si no lo quieres de igual manera cuando encuentre un comprador, tiene que comunicarte el precio de la compraventa por si te interesa a ti.
Si no lo hace, estas en tu derecho de tirar la compraventa para atras si lo quieres tu.
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