Exento no está. hay que pagar el impuesto de sucesiones, que en algunas comunidades autónomas es muy bajo de padres a hijos, como por ejemplo en la Comunidad de Madrid. Este impuesto grava tanto los bienes dinerarios como los no dinerarios, y se hace mediante la cumplimentación de una autoliquidación que te facilitan en Hacienda. Aparte, por lo que respecta al piso, hay que pagarle al ayuntamiento la plusvalía del suelo, para lo que existe un plazo legal de seis meses, a partir de los cuales se pagan intereses y(o sanción. Espero que te haya servido de ayuda.
Cada heredero tiene que pagar en función de lo que ha recibido (se requiere la escritura pública de la testamentaría) y de sus circunstancias personales (por ejemplo, con minusvalía del 65% o más no se paga nada). Todo esto, si no tienes conocimientos, es mejor dejárselo hacer a una gestoría de confianza, que tampoco cobra demasiado por llevarlo a cabo (se le puede pedir presupuesto de su minuta). Saludos y suerte.
Nosotros somos un matrimonio gallego q trabajamos en Navarra, mi marido acaban de hacerle sus padres un adelanto de herencia de un solar para construir nuestra casa, tengo q declarar ese terreno? nosotros hacemos la renta por Navarra. Tambien tenemos facturas de nuestra primer vivienda ( arquitecto, aparejador,ayuntamiento, etc) pero no tenemos pensado terminar la casa en los próximos cuatro años, puedo declarar esas facturas?. Sobre el terreno q heredó mi marido tube q pagar notario, resgistro, ayuntamiento, esas las puedo declarar también?. Muchas gracias
3 Respuestas:
Exento no está. hay que pagar el impuesto de sucesiones, que en algunas comunidades autónomas es muy bajo de padres a hijos, como por ejemplo en la Comunidad de Madrid. Este impuesto grava tanto los bienes dinerarios como los no dinerarios, y se hace mediante la cumplimentación de una autoliquidación que te facilitan en Hacienda. Aparte, por lo que respecta al piso, hay que pagarle al ayuntamiento la plusvalía del suelo, para lo que existe un plazo legal de seis meses, a partir de los cuales se pagan intereses y(o sanción. Espero que te haya servido de ayuda.
Cada heredero tiene que pagar en función de lo que ha recibido (se requiere la escritura pública de la testamentaría) y de sus circunstancias personales (por ejemplo, con minusvalía del 65% o más no se paga nada). Todo esto, si no tienes conocimientos, es mejor dejárselo hacer a una gestoría de confianza, que tampoco cobra demasiado por llevarlo a cabo (se le puede pedir presupuesto de su minuta). Saludos y suerte.
Nosotros somos un matrimonio gallego q trabajamos en Navarra, mi marido acaban de hacerle sus padres un adelanto de herencia de un solar para construir nuestra casa, tengo q declarar ese terreno? nosotros hacemos la renta por Navarra. Tambien tenemos facturas de nuestra primer vivienda ( arquitecto, aparejador,ayuntamiento, etc) pero no tenemos pensado terminar la casa en los próximos cuatro años, puedo declarar esas facturas?. Sobre el terreno q heredó mi marido tube q pagar notario, resgistro, ayuntamiento, esas las puedo declarar también?. Muchas gracias
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