Artículo escrito por Ignacio chávez, experto de alquiler protegido
En primer lugar, debemos definir qué es la fianza; “la fianza constituye una garantía al arrendador de cumplimiento por el arrendatario de cualesquiera de sus obligaciones contractuales, así no solo del pago de la renta y cantidades asimiladas sino también de la devolución de la vivienda arrendada al concluir el contrato, tal y como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable”
Esto quiere decir que supone la entrega por parte de arrendatario al arrendador de una cantidad económica fijada previamente y que sirve como garantía para el dueño del inmueble ante cualquier desperfecto ocasionado en la vivienda u otras circunstancias que se deben recoger en el contrato
La fianza es obligatoria, según el artículo 36 de la ley de arrendamientos urbanos y debe ser equivalente a una mensualidad de renta en las viviendas y de dos si se trata de un arrendamiento diferente al de la vivienda, aunque hay que indicar que ambas partes pueden pactar cualquier tipo de garantía adicional al mes legal de la fianza
Teniendo ya clara qué es la fianza y en qué consiste queremos incidir ahora que pasa cuando el casero no devuelve la fianza. El mismo artículo 36 de la ley de arrendamientos urbanos especifica que la fianza debe ser devuelta al arrendatario al final del arriendo, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución
La fianza se devuelve de forma íntegra cuando el piso está en perfecto estado. Si al abandonar el piso el dueño comprueba que se han producido daños o desperfectos en él descontará los gastos de reparación del importe de la fianza a devolver
Pero ¿qué pasa si todo está en orden y el casero alega motivos ficticios u otras causas para no devolver la fianza? al finalizar el arriendo de la vivienda es necesario que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves. En este documento se procederá a constatar los desperfectos o deterioros sufridos por la vivienda imputables al inquilino, si es que los hubiera, así como las deudas pendientes por alquiler o consumos, que servirán para descontarlo de la fianza
A partir de estos datos el inquilino podrá reclamar en el caso de no estar conforme con la fianza devuelta. La reclamación se realizará presentando los documentos que lo acreditan en los juzgados siendo la justicia quien dictamine quien tiene razón
En definitiva, la fianza es un compromiso ineludible y necesario para llevar a buen puerto un alquiler, sin que se produzcan situaciones de ‘riesgo’ para ninguna de las partes
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41 Comentarios:
No se si lo habras solucionado ya pero no se necisita un abogado si la fianza es menor de 900€, se hace un proceso monitorio y cualquier medio de comunicación sirve para demostrar que tu has avisado con tiempo siempre y cuando sepas que ella lo ha leido y ,por ejemplo, en estos chat puedes saber si lo ha leido o no.
La mayoria de los caseros son unos chorizos.
Estamos a la espera de ver si nos devuelven una fianza o no.
Incumplimos el contrato por un mes, ella nos puso dos meses y solo le dimos uno.
Actuando siempre de buena fe, enseñé yo el piso a posibles inquilinos, limpiamos a conciencia incluso estabamos dispuestos a pintar el piso.
Pero alega de que se ha comprado otro piso y buena fe la que quiera pero que es lo que pone en el contrato.
Así que a nos hemos quedado otro mes mas el piso, sin vivir en el, si al final no nos devuelve la fianza, no vamos a destrozarle el piso ni nada, no es nuestro estilo.
Simplemente le vamos a dar de baja los suministros, al menos que se gaste mi dinero en algo, no en pagarse sus hipotecas.
Pues mi caso es lamentable: tanto como inquilino como por arrendador.
He dejado de cobrar
1º Una fianza de 2 meses por dejar el piso 1 mes y pico antes del fin de contrato, habiendoselo comunicado a la immobiliaria (me dijeron que no había ningun proble). Asi q la arrendadora no me devolvió 1300... !!! ¿Que responsabilidad tiene la immobiliaria que me dijo que me dijo que no había problemas?
2º Una fianza de 600 euros de otro piso. El arrendador se hace el Longi.. Tuvimos un percance con un espejo y le comunique que si no se lo pagaba el seguro, se lo cambiaría yo, con toda mi buena fé... y sigo esperando pasados 2 meses... el precio del espejo es de menos de 200 euros...
3º Tengo en alquiler un bajo a "AGua de Barcelona" y lleva 2 meses sin pagar!!!
Me ha visto todo el mundo cara de tonto?!!!
Contrato un abogado para todos estos casos?
Igualita que mi nick me siento yo, 10 años pagando el alquiler de 600 euros sin faltar uno, a excepcion de este ultimo mes que no puedo pagarlo, asi que e he dicho que dejo el piso y me dice el caradura que no me devuelve el deposito xq una vez q tuve un problema de dinero y me regalo un mes de alquiler y durante los ultimos 3 años no me ha subido los 20 euros de rigor que me sube todos los años, y encima me ha llamado cara dura xq le dije q este mes se cobrara del deposito. No se si llorar o denunciarlo xq encima el piso es de proteccion oficial y creo que no podia alquilarlo ni cobrar los 600 euros. En fin, que pobrecitos caseros que son muy buenos ellos.
¿Saben algo de fianzas transcurrido un plazo superior a cinco años?
Mis padres viven de alquiler, desde hace 20 años han vivido de alquiler en la misma vivienda sin incumplir sus obligaciones de pago (con las consiguientes subidas de alquiler a lo largo del tiempo, y sin ninguna reforma en el piso desde entonces). Hace unos meses se rompio la tubería de agua caliente, cosa que ocasionó filtración al vecino de abajo, y por supuesto la imposibilidad de usar agua caliente en la casa, hace ya cuatro meses de esto. Se le informó al dueño el piso desde un comienzo, y después de casi cinco meses, recién paso por la vivienda y no piensa arreglar nada. El desperfecto no ha sido por mal uso, sino por deterioro de las tuberías las cuales requieren ser cambiadas. Con todo esto mis padres dejaran el piso. El cual hoy en día sinceramente, esta sobrevaluado por parte del arrendador, comparandolo con otras viviendas de mejores condiciones, tal y como esta el mercado de alquiler. Y no ha querido bajar el arriendo, sino por el contrario incrementarlo.
En cuanto a la fianza, en su momento pagaron la fianza, y acordaron con el dueño del piso que esta correría a cargo del ultimo mes. Aunque el dueño comenta que dicha fianza equivale a un valor inferior al coste del alquiler y se le tiene que abonar la diferencia. ¿Esta en lo correcto? ¿Cuánto se incrementa una fianza si no estipula nada al respecto?
Compras 4 hamsters en una tienda de animales por 10€ y les sueltas unas bolsas de pipas por el piso... y a procrear!!!
Ya,he puesto una denuncia si la respuesta ha sido que al procurador no le parece que esto es un delito....
No quieres devolverme la fianza, me entregaron el piso no recien pintado( con alguna mancha i agujero de cuandros ecc,) y ahara no quieren devolverme la fianza para pintar el piso, que tengo que hacer?
En Febrero hara un año que deje un piso de alquiler en perfectas codiciones y el dueño junto con la Inmobiliaria se niegan a devolver la fianza, yo a eso le llamo robo a la descarada!!!!y no sé que hacer, porque creo que una denuncia me cuesta dinero y no lo tengo. Que verguenza. Por cierto la inmobiliaria se llama Fincas Blanco!!!!!!!
A mi igualito pero tengo todavia la llave el contrato, y le he dicha a la dueña, no voy a salir del piso, así la voy dejar 3 mese colgada, sin pagarla ni lo va aprovechar. Que me denuncie, ya sabes cuando tarda eso, así va sacar el triple de la fianza....
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