Ahora, una simple letra puede determinar si una vivienda puede alquilarse o no. Con la Ley de Clima y Resiliencia del 22 de agosto de 2021 en Francia, se han reforzado considerablemente los requisitos de eficiencia energética en la definición de una vivienda digna. El objetivo: retirar progresivamente del mercado de alquiler los inmuebles que más energía consumen e incentivar a sus propietarios a realizar reformas.
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- La Ley de Clima y Resiliencia en Francia cambia las normas
- 2023, 2025, 2028, 2034 : el calendario a tener en cuenta
- ¿Qué debe hacer el propietario de una vivienda clasificada como G??
- Los alquileres de las viviendas clasificadas como F y G también se congelan
- ¿A qué se arriesga un propietario que no realice las obras?
- Pero las normas podrían seguir cambiando
La Ley de Clima y Resiliencia en Francia cambia las normas
La Ley de Clima y Resiliencia de 2021 de Francia ha reforzado el papel del diagnóstico de eficiencia energética, el famoso DPE, que clasifica las viviendas desde la A, para las más eficientes, hasta la G, para las que más energía consumen.
La reforma del DPE, que entró en vigor el 1 de julio de 2021, también le ha otorgado carácter oponible. En caso de que un error en el diagnóstico haya causado un perjuicio, un comprador o un inquilino pueden exigir responsabilidades a las partes implicadas.
Sobre todo, la Ley de Clima y Resiliencia ha reforzado el calendario de retirada progresiva del mercado de alquiler de las viviendas que más energía consumen, con plazos fijados para las clases G, F y, posteriormente, E.
2023, 2025, 2028, 2034 : el calendario a tener en cuenta
Desde el 1 de enero de 2023 se aplica una primera restricción. En la Francia metropolitana, las viviendas cuyo consumo energético final alcance o supere los 450 kWh/m²/año ya no cumplen el criterio de decencia energética. Esta primera fase afecta a las viviendas que más energía consumen, a veces denominadas «G+».
Desde el 1 de enero de 2025, la medida afecta a todas las viviendas clasificadas como G: para cumplir el criterio de decencia energética, una vivienda debe alcanzar ahora, como mínimo, la clase F.
A partir de ahí, el calendario se irá endureciendo:
- 1 de enero de 2028: la vivienda deberá tener, como mínimo, la clase E;
- 1 de enero de 2034: deberá alcanzar, como mínimo, la clase D.
Estos plazos se aplican, en particular, en función de la fecha de formalización del contrato de alquiler, de su renovación o de su prórroga tácita.
¿Qué debe hacer el propietario de una vivienda clasificada como G??
Cuando una vivienda no cumple con el nivel mínimo de eficiencia energética exigido, su propietario debe mejorar su rendimiento para poder cumplir los criterios de habitabilidad necesarios para el alquiler.
Esto puede implicar diferentes obras: aislamiento de las paredes o del tejado, sustitución de las ventanas, mejora de la ventilación o incluso cambio del sistema de calefacción y de producción de agua caliente.
Así, la ley identifica varios elementos que pueden formar parte de una renovación energética eficaz: paredes, suelos, tejado, carpintería exterior, ventilación, calefacción y agua caliente sanitaria.
Por lo tanto, no existe una lista de obras idéntica para todas las viviendas: el objetivo es, ante todo, alcanzar el nivel de eficiencia energética requerido.
Los alquileres de las viviendas clasificadas como F y G también se congelan
Las restricciones no se limitan únicamente a la posibilidad de alquilar.
Las viviendas clasificadas como F y G también están sujetas a una congelación de los alquileres. En particular, está prohibido aumentar su alquiler al renovar el contrato de alquiler o al volver a ponerlas en alquiler.
Esta medida complementa el calendario de eficiencia energética con el fin de incentivar progresivamente a los propietarios a renovar las viviendas menos eficientes.
¿A qué se arriesga un propietario que no realice las obras?
Una vivienda que no cumpla los criterios energéticos aplicables puede considerarse no digna.
En ese caso, el inquilino puede solicitar al propietario que la adapte a la normativa. Según la situación, el juez puede, entre otras cosas, ordenar la realización de obras y adoptar medidas relativas al alquiler.
Por lo tanto, el DPE ya no es solo un dato que aparece en un anuncio: su puntuación puede tener consecuencias concretas sobre las condiciones en las que se puede alquilar la vivienda.
Pero las normas podrían seguir cambiando
El calendario derivado de la Ley de Clima y Resiliencia sigue siendo, a día de hoy, la referencia. Sin embargo, el Parlamento está trabajando actualmente en un texto que podría modificar algunas de sus disposiciones.
El 8 de julio de 2026, el Senado aprobó en primera lectura el proyecto de ley "destinado a la reactivación y la descentralización de la vivienda", impulsado por el ministro de Ciudad y Vivienda, Vincent Jeanbrun. El texto se remitió a la Asamblea Nacional el 9 de julio.
Su artículo 6 prevé varias flexibilizaciones en relación con las obligaciones de eficiencia energética de los arrendadores privados. Su objetivo es, en particular, dar seguridad a determinados propietarios cuando las obras necesarias no puedan realizarse por razones técnicas, arquitectónicas o patrimoniales, en caso de bloqueo en la comunidad de propietarios o cuando ya se haya firmado un contrato de obras.
Sin embargo, estas disposiciones aún no son definitivas. El texto sigue actualmente su tramitación en la Asamblea Nacional y aún puede sufrir modificaciones antes de su aprobación.
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1 Comentarios:
el problema es tener unos políticos que ignoran lo básico sobre economía, si los precios de la vivienda suben cada año un 15 % al dueño le da igual tener o no alquilada la casa por que gana una rentabilidad enorme aunque este vacía, cuantos mas problemas le des por alquilar mas vacías estarán la casas.
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