Como máximo, lo que se haya pactado en el contrato, en el que debe figurar un plazo para ello. Si la vendedora es una empresa promotora y la vivienda está terminada, debería ser muy rápido, en cuanto tú estés en condiciones de pagar el resto (quizá tengas que gestionar un préstamo hipotecario,etc.). Si la parte vendedora es alguien que se tiene que mudar a otra vivienda, pues uno o dos meses puede ser suficiente.
2 Respuestas:
Como máximo, lo que se haya pactado en el contrato, en el que debe figurar un plazo para ello.
Si la vendedora es una empresa promotora y la vivienda está terminada, debería ser muy rápido, en cuanto tú estés en condiciones de pagar el resto (quizá tengas que gestionar un préstamo hipotecario,etc.).
Si la parte vendedora es alguien que se tiene que mudar a otra vivienda, pues uno o dos meses puede ser suficiente.
Yo firmo la semana que viene, y hemos tardado exactamente 3 meses, ha sido de particular a particular!
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