Pregunta de

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gerardo bravo abad
29 Diciembre 2010, 17:34

El plazo de cuatro años para invertir el saldo de la cuenta vivienda se computa de fecha a fecha. Si la cuenta vivienda fue abierta en diciembre de 2007, dispondrá hasta el mismo día de diciembre de 2011 para invertir su saldo en la adquisición de una vivienda habitual. Si vence en un día inhábil, el vencimiento se traslada al día inmediato hábil siguiente.

Ahora bien, en caso de no materializar la totalidad del saldo en la adquisición de una vivienda habitual antes del 1 de enero de 2011 no tendrá derecho a deducción por inversión en vivienda habitual cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

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