Pregunta de

4 Respuestas:

2 Enero 2013, 11:56

ESto parece de ciencia ficción...
Que despropósito! que abuso! que ultraje! que indignación!!!

2 Enero 2013, 12:47

Ojo!! Especial atención a las compraventas realizadas en Navarra. Aunque la obligación sea la contractual (escritura de compraventa) en navarra existe la figura del "sustituto del contribuyente" que obliga al comprador a satisfacerla, si bien no quita para que este le reclame al vendedor el importe ya sufragado.
Recomiendo descontarla del precio de compra, previa consulta en el ayuntamiento, y dejar la obligación al comprador.

21 Abril 2013, 20:45

In reply to by anónimo (not verified)

Pero... se puede reclamar con posterioridad al vendedor -a pesar de que en la escritura indique pague el comprador- insisto, se puede reclamar al vendedor que te lo compense o devuelva ?

chancletero
2 Enero 2013, 15:49

Por ley y por sentido común, el impuesto de plusvalía, lo paga el beneficiario de esa plusvalía. Es como si voy al supermercado y le digo a la cajera que sea ella la que pague el IVA de mi cesta de la compra.

Otra cosa, como dice #1, es que haya un pacto entre las partes, para que un comprador se deje engañar y quiera pagarlo. Dado que esto implica que el comprador sepa y conoZca con seguridad a que precio compro previamente el vendedor, para evitarse problemas. Si uno se deja timar, es cosa suya y hasta parece ser, que lo asesoran y todo.

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