El plazo minimo de 5 años lo deberás cumplir sin posibilidad de reclamarlo antes. Para poder reclarlo "por necesidad" deberias haber incluido una clausula en ése sentido en el contrato
Tiene que haer conseguineadad ó sea hijos. Además tú debes probar que es para ti o tus hijos. Si luego no lo cumples y te descubren, yo siempre utilizo detectives, tendrás que pagar TODO lo que falta del contrato de 5 años más daños y perjuicios. No seas mala y cumple con la ley, sino te van a cazar.
3 Respuestas:
Si, siempre y cuando así lo especifiques en el contrato y no tengas más viviendas a tu nombre a las que recurrir
El plazo minimo de 5 años lo deberás cumplir sin posibilidad de reclamarlo antes. Para poder reclarlo "por necesidad" deberias haber incluido una clausula en ése sentido en el contrato
Tiene que haer conseguineadad ó sea hijos. Además tú debes probar que es para ti o tus hijos. Si luego no lo cumples y te descubren, yo siempre utilizo detectives, tendrás que pagar TODO lo que falta del contrato de 5 años más daños y perjuicios. No seas mala y cumple con la ley, sino te van a cazar.
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