Si tiene la licencia de primera ocupación y puede hacer una ocupación efectiva de su vivienda deberá contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, con independencia de los servicios que hasta el momento sean prestados en la comunidad.
Por tratarse de una comunidad nueva en la que entendemos en el proyecto figuraba la instalación del ascensor, deberá ser el promotor o constructor quien gestione todo lo relacionado con el funcionamiento del aparato elevador.
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Si tiene la licencia de primera ocupación y puede hacer una ocupación efectiva de su vivienda deberá contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, con independencia de los servicios que hasta el momento sean prestados en la comunidad.
Por tratarse de una comunidad nueva en la que entendemos en el proyecto figuraba la instalación del ascensor, deberá ser el promotor o constructor quien gestione todo lo relacionado con el funcionamiento del aparato elevador.
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