En el momento que deba 2 meses de alquiler ya puedes poner una demanda de desahucio, el responsable es el titular del contrato, viva o no viva en la vivienda.
Al haber sido "vivienda familiar" el conyugue que se queda tiene derecho a "subrrogarse"... por tanto si no paga.. Puedes iniciar desahucio contra quien se quedo en la vivienda y, o contra quien se fue (si sabes su dirección).
3 Respuestas:
En el momento que deba 2 meses de alquiler ya puedes poner una demanda de desahucio, el responsable es el titular del contrato, viva o no viva en la vivienda.
Muchas gracias por la información.
Saludos.
Al haber sido "vivienda familiar" el conyugue que se queda tiene derecho a "subrrogarse"... por tanto si no paga.. Puedes iniciar desahucio contra quien se quedo en la vivienda y, o contra quien se fue (si sabes su dirección).
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