Indemnización no, lo que no puede el casero es echarte si tú no quieres irte. Tienes el contrato vigente hasta marzo y tú, si no quieres, no tienes por qué marcharte según la ley. Otra cosa es que lleguéis a un acuerdo entre ambos
Debe haber algún error, porque si el alquiler estaba vigente hasta marzo de 2012 ya llevas 6 meses sin contrato y por tanto te tienes que ir ya. Si el error es que entraste en marzo de 2012 y el contrato es por un año (hasta marzo de 2013), por lo que llevas 6 meses ocupando la vivienda, la cosa cambia. En este caso, si en el contrato que tú firmaste no especifica nada respecto a esa circunstancia (abandono de la vivienda por necesidad del propietario), no puede echarte bajo ningún concepto. Deberá esperar al menos a que se cumpla ese primer año, y según lo que firmáseis el alquiler sepuede prolongar hasta 5. Lee bien las cláusulas, y si tienes dudas consulta a un buen abogado. Suerte
2 Respuestas:
Hola,
Indemnización no, lo que no puede el casero es echarte si tú no quieres irte. Tienes el contrato vigente hasta marzo y tú, si no quieres, no tienes por qué marcharte según la ley. Otra cosa es que lleguéis a un acuerdo entre ambos
Saludos,
Elena
Debe haber algún error, porque si el alquiler estaba vigente hasta marzo de 2012 ya llevas 6 meses sin contrato y por tanto te tienes que ir ya.
Si el error es que entraste en marzo de 2012 y el contrato es por un año (hasta marzo de 2013), por lo que llevas 6 meses ocupando la vivienda, la cosa cambia.
En este caso, si en el contrato que tú firmaste no especifica nada respecto a esa circunstancia (abandono de la vivienda por necesidad del propietario), no puede echarte bajo ningún concepto. Deberá esperar al menos a que se cumpla ese primer año, y según lo que firmáseis el alquiler sepuede prolongar hasta 5. Lee bien las cláusulas, y si tienes dudas consulta a un buen abogado.
Suerte
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta