Si en el contrato tú te comprometiste a pagar el ibi y no lo hiciste, en mi opinión las herederas de tu casera sí pueden exigirte el pago ahora (no el interés de demora en el pago del impuesto, pero sí el gasto principal)
Si en el contrato no se especificaba nada o el pago corría a costa del casero, tienes razón en que el olvido de la propietaria debe asumirlo ella (o en su defecto, sus herederas)
1 Respuestas:
Hola Nieves,
Si en el contrato tú te comprometiste a pagar el ibi y no lo hiciste, en mi opinión las herederas de tu casera sí pueden exigirte el pago ahora (no el interés de demora en el pago del impuesto, pero sí el gasto principal)
Si en el contrato no se especificaba nada o el pago corría a costa del casero, tienes razón en que el olvido de la propietaria debe asumirlo ella (o en su defecto, sus herederas)
Saludos,
Elena
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