Pregunta de

2 Respuestas:

12 Marzo 2013, 3:36

El correo electrónico no es una forma fehaciente, con lo que me parece sorpresivo que te responda un abogado que sí es válido.
Pero es que hay más, y más grave. No hay ninguna forma de comunicar la cancelación anticipada, pues un contrato es de obligado cumplimiento, y no puede finalizarse unilateralmente sin llegar a un acuerdo o sin que el propio contrato incluya alguna forma de finalización, con lo que ya no sería "anticipada"

12 Marzo 2013, 3:36

El correo electrónico no es una forma fehaciente, con lo que me parece sorpresivo que te responda un abogado que sí es válido.
Pero es que hay más, y más grave. No hay ninguna forma de comunicar la cancelación anticipada, pues un contrato es de obligado cumplimiento, y no puede finalizarse unilateralmente sin llegar a un acuerdo o sin que el propio contrato incluya alguna forma de finalización, con lo que ya no sería "anticipada"

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta