Habría que entrar un poco más en detalle en el caso, pero con el dato que aportas lo que personalmente entiendo es que el alquiler respaldado por ese contrato puede estar asociado a un inmueble cuya superficie sea superior a 300 metros cuadrados o en los que la renta inicial en cómputo anual exceda de 5,5 veces el salario mínimo interprofesional en cómputo anual, es decir, a un inmueble de lujo. Estos arrendamientos se regirán por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el Título II de la ley de 1994 y, supletoriamente, por las disposiciones del Código Civil
Buenas, ojalá tuviera yo esas condiciones pero no, es un piso de 75m y un alquiler normal, por tanto no entiendo esta claúsula a que se debe ya que el resto de contrato es de lo más normalito.
2 Respuestas:
Hola crisalida,
Habría que entrar un poco más en detalle en el caso, pero con el dato que aportas lo que personalmente entiendo es que el alquiler respaldado por ese contrato puede estar asociado a un inmueble cuya superficie sea superior a 300 metros cuadrados o en los que la renta inicial en cómputo anual exceda de 5,5 veces el salario mínimo interprofesional en cómputo anual, es decir, a un inmueble de lujo. Estos arrendamientos se regirán por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el Título II de la ley de 1994 y, supletoriamente, por las disposiciones del Código Civil
Saludos,
Elena
Buenas, ojalá tuviera yo esas condiciones pero no, es un piso de 75m y un alquiler normal, por tanto no entiendo esta claúsula a que se debe ya que el resto de contrato es de lo más normalito.
Gracias.
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