¿Y si no se ha tomado esa precaución y el inquilino se ve envuelto en un lío de opciones de compra entre supuestos propietarios? ¿Está protegido su contrato o solo lo estaría en el caso de haberlo firmado con el titular registral?
Llevo 16 años en una vivienda alquilada a unas personas que se que no rezan como los propietarios de la misma, ellos dicen que están realizando los trámites para ponerla a su nombre, pero al parecer aún no se ha conseguido por algún problema con la abogada del difunto propietario. ¿Puede afectar a mi contrato, este asunto?, Quiero decir que si no se resuelve lo de ponerlo a nombre de quienes me cobran el alquiler, el que aparezca como propietario tiene que respetar el contrato o no tiene porqué?.
Para saber si la persona que firma el contrato de alquiler, como propietario, lo es en realidad, hay que seguir la misma pauta que si vas a comprarlo. Lo primero, que aporte su título de propiedad (escritura) del inmueble, otorgado ante notario. Si está inscrito en el registro, pues efectivamente la nota simple, es suficiente para saber si sigue siendo el dueño, y si no lo está, pues la escritura es suficiente. Si lo ha vendido, y se ha otorgado la escritura a nombre del nuevo propietario, el notario pone una nota de venta en la escritura del vendedor, consignado fecha y notaria donde se realizó la transmisión. Además, tampoco estaría mal que unidos al contrato de arrendamiento, fueran el último recibo del IBI y los DNi de las partes, y ahora, también fotocopia del certificado de eficiencia energética, y si tiene nota simple del registro, pues también. Si el futuro arrendador no pone impedimento en aportar todo esto en el momento del contrato, seguro que es el dueño. Así que también está en su derecho de asegurarse el cobro de la renta, pidiendo las garantías que considere oportunas. Si optan por hacer el contrato ante notaria e inscribirlo en el Registro de la propiedad, todo eso, ya se lo van a pedir. ¿Pero quién paga los gastos de notario y registro en un arrendamiento?
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¿Y si no se ha tomado esa precaución y el inquilino se ve envuelto en un lío de opciones de compra entre supuestos propietarios? ¿Está protegido su contrato o solo lo estaría en el caso de haberlo firmado con el titular registral?
Llevo 16 años en una vivienda alquilada a unas personas que se que no rezan como los propietarios de la misma, ellos dicen que están realizando los trámites para ponerla a su nombre, pero al parecer aún no se ha conseguido por algún problema con la abogada del difunto propietario. ¿Puede afectar a mi contrato, este asunto?, Quiero decir que si no se resuelve lo de ponerlo a nombre de quienes me cobran el alquiler, el que aparezca como propietario tiene que respetar el contrato o no tiene porqué?.
Para saber si la persona que firma el contrato de alquiler, como propietario, lo es en realidad, hay que seguir la misma pauta que si vas a comprarlo. Lo primero, que aporte su título de propiedad (escritura) del inmueble, otorgado ante notario. Si está inscrito en el registro, pues efectivamente la nota simple, es suficiente para saber si sigue siendo el dueño, y si no lo está, pues la escritura es suficiente. Si lo ha vendido, y se ha otorgado la escritura a nombre del nuevo propietario, el notario pone una nota de venta en la escritura del vendedor, consignado fecha y notaria donde se realizó la transmisión. Además, tampoco estaría mal que unidos al contrato de arrendamiento, fueran el último recibo del IBI y los DNi de las partes, y ahora, también fotocopia del certificado de eficiencia energética, y si tiene nota simple del registro, pues también. Si el futuro arrendador no pone impedimento en aportar todo esto en el momento del contrato, seguro que es el dueño. Así que también está en su derecho de asegurarse el cobro de la renta, pidiendo las garantías que considere oportunas.
Si optan por hacer el contrato ante notaria e inscribirlo en el Registro de la propiedad, todo eso, ya se lo van a pedir. ¿Pero quién paga los gastos de notario y registro en un arrendamiento?
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