Hola mi pregunta es si la fianza de 1 mes para vivienda habitual es la mínima, o la mínima y máxima? Un arrendador puede pedir mas de una fianza? siempre hablando de vivienda habitual, ni locales ni otras.
En la LAU habla de dicha fianza, pero no veo ningún artículo donde diga que no se puedan pedir mas, lo que no me confirma que si se pueda.

Agradezco de antemano esta aclaración, y me gustaría así mismo que me dijeran en el caso de que lo haya, en qué artículo se especifica tanto que sí se pueda como que no se pueda.
Gracias de nuevo.

Pregunta de

1 Respuestas:

Carolina Jiménez Conejero
16 Septiembre 2015, 14:50

La fianza siempre es un mes, es lo máximo que Incasol te deja ingresar. Pero el dueño tiene derecho a pedir otro mes en calidad de garantía adicional, si lo considera oportuno. Piensa que lo que firmes es lo que has aceptado. El dueño de una vivienda tiene derecho a exponer sus requisitos y el inquilino tiene derecho a no aceptarlos, pero entonces no se lo alquilarán. No creo que la fianza sea un problema si eres una persona normal que no ha perjudicado al propietario, ni se ha retrasado en los pagos, ni ha destrozado la casa o no ha pagado los suministros. Eso sí, te recomiendo que fotografíes todo cuando entres a vivir y que te firme las fotografías el propietario o que le pidas al propietario que lo haga él, sobretodo en los desperfectos que ya veas nada más entrar. Hay muchos inquilinos desaprensivos, pero también muchos propietarios. Lo sé por experiencia, porque soy tanto propietaria como inquilina.

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