Pregunta de

4 Respuestas:

7 Julio 2010, 11:27

Siempre lo paga el titular a 1 de enero, por lo que tu pagarás el de 2011

reichel
7 Julio 2010, 11:42

Como te ha dicho el anterior usuario, el IBI lo paga el que sea propietario del inmueble a 1 de enero del año en curso

Es decir, el recibo del ibi 2010 lo paga el que era propietario de la vivienda el 1 de enero de 2010 aunque desde junio sea de otro y aunque el recibo llegue en septiembre, octubre o noviembre de 2010

7 Julio 2010, 12:07

El IBI lo paga el que lo tiene en su poder el 1 de Enero del año que lo vende. O sea lo paga el vendedor

15 Diciembre 2010, 12:16

Sabeis la orden o la ley donde se regula esto.
Gracias

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