Deben no sólo figurar todos los propietarios, sino que deben firmar todos ese documento, pues si no firman o están debidamente representados por otra persona con poder notarial que firme en su nombre, podrían no reconocer la obligación que adquieren en el contrato de señal y arras.
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Deben no sólo figurar todos los propietarios, sino que deben firmar todos ese documento, pues si no firman o están debidamente representados por otra persona con poder notarial que firme en su nombre, podrían no reconocer la obligación que adquieren en el contrato de señal y arras.
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