Sí puedes reclamar daños y perjuicios que estén claramente acreditados, como el alquiler que podrías dejar de pagar si tuvieras ya tu casa, pero: 1.-lee bien el contrato de compra antes de reclamar, en especial el plazo de entrega y sus posibles prórrogas. Y si la obra está físicamente terminada a falta de licencia de 1ª Ocupación, o le falta tiempo para estar terminada. 2.- ten en cuenta que , aunque no indicas tus condiciones de compra, lo habitual es que tengas que empezar a pagar una hipoteca a partir de que te entreguen la vivienda. Por lo que , en términos estrictamente económicos, dejarás de pagar hipoteca durante los meses que se retrase la entrega de tu nuevo piso. Y eso compensará, en parte al menos, el alquiler que estás pagando entretanto, 3.- los jueces, en este tipo de reclamaciones, suelen valorar las causas específicas del retraso, por si no son imputables a la promotora sino a la administración, por ejemplo, o a las malas condiciones climatológicas durante un cierto nº De días, etc. 4.- en todo caso, deja constancia de tu reclamación por retraso enviándola por burofax con acuse de recibo.
Hola de nuevo, me he leido el contrato bien y por lo que entiendo el plazo de finalización expira en la fecha ya comentada, con sus consiguientes 3 meses aprox. Para el tema de papeleo. En cuanto a hipoteca no me voy a acoger a ella ya que tengo el dinero para pagar la casa. El problema que me surge ahora es que por culpa de el retraso se me a expirado el plazo para comprar la casa con el dinero de la venta de la otra y me veo que por culpa de estos mamones, hacienda me va a hechar mano
4 Respuestas:
Sí puedes reclamar daños y perjuicios que estén claramente acreditados, como el alquiler que podrías dejar de pagar si tuvieras ya tu casa, pero:
1.-lee bien el contrato de compra antes de reclamar, en especial el plazo de entrega y sus posibles prórrogas. Y si la obra está físicamente terminada a falta de licencia de 1ª Ocupación, o le falta tiempo para estar terminada.
2.- ten en cuenta que , aunque no indicas tus condiciones de compra, lo habitual es que tengas que empezar a pagar una hipoteca a partir de que te entreguen la vivienda. Por lo que , en términos estrictamente económicos, dejarás de pagar hipoteca durante los meses que se retrase la entrega de tu nuevo piso. Y eso compensará, en parte al menos, el alquiler que estás pagando entretanto,
3.- los jueces, en este tipo de reclamaciones, suelen valorar las causas específicas del retraso, por si no son imputables a la promotora sino a la administración, por ejemplo, o a las malas condiciones climatológicas durante un cierto nº De días, etc.
4.- en todo caso, deja constancia de tu reclamación por retraso enviándola por burofax con acuse de recibo.
Hola de nuevo, me he leido el contrato bien y por lo que entiendo el plazo de finalización expira en la fecha ya comentada, con sus consiguientes 3 meses aprox. Para el tema de papeleo. En cuanto a hipoteca no me voy a acoger a ella ya que tengo el dinero para pagar la casa. El problema que me surge ahora es que por culpa de el retraso se me a expirado el plazo para comprar la casa con el dinero de la venta de la otra y me veo que por culpa de estos mamones, hacienda me va a hechar mano
Sobre la desgravación, consulta con un asesor fiscal, es posible que el retraso en la entrega y escritura de la nueva vivienda no te afecte.
Yo me compraria una bici para ir ahorrando.
Ya sabes en este pais: antes de meter ,mucho prometer,despues de metido, a tomar viento lo prometido
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