Pregunta de

1 Respuestas:

BROSH
1 Agosto 2010, 20:23

Debes consultar tu caso concreto con tu asesor fiscal, o con la asesoría fiscal de este mismo consultorio.
En todo caso, pagarás la tasa conocida como plusvalía municipal, que depende del valor catastral y la fecha anterior de compra, y que lo puedes consultar en el ayuntamiento.
Además, en tu declaración de IRPF del 2.010, en el apartado de incrementos patrimoniales, tributarás por la diferencia entre el ingreso por venta y el coste total de compra anterior.

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