Hola, ya me he informado por la página web de la Agencia Tributaria y NO tienes que emplear el total de la venta:
"En el caso de que el importe de la reinversión fuera inferior al total obtenido en la enajenación, solamente se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente reinvertida en las condiciones señaladas anteriormente".
2 Respuestas:
No, la casa tiene que haber costado más que la primera
Hola, ya me he informado por la página web de la Agencia Tributaria y NO tienes que emplear el total de la venta:
"En el caso de que el importe de la reinversión fuera inferior al total obtenido en la enajenación, solamente se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente reinvertida en las condiciones señaladas anteriormente".
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