Nuevo modelo de contrato de alquiler con la última reforma de la LAU

Nuevo modelo de contrato de alquiler con la última reforma de la LAU
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La nueva ley de alquiler que entró en vigor el 5 de marzo de 2019 ha modificado parcialmente la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Después de que el Congreso tumbara la primera reforma en enero de ese año, el Gobierno de Pedro Sánchez volvió a intervenir el mercado de arrendamiento. 

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Ahora los contratos de arrendamiento que se firmen deben basarse en la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) llevada a cabo por el Gobierno de Pedro Sánchez mediante el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo. Las principales características son las siguientes:

  • Se amplia el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de tres (3) a cinco (5) años, y se ampliará la prórroga tácita de uno (1) a tres (3) años para personas físicas, en el caso de que el arrendador o el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovarlo.
  • En el caso de que la parte arrendadora sea una persona jurídica serán siete (7) años de contrato obligatoria y tres (3) de tácita.
  • La subida de la renta anual estará ligada al IPC durante el tiempo que dure el contrato (5 años).
  • Se limita a dos (2) meses de renta las garantías adicionales a la fianza (un mes), salvo que se trate de contratos de larga duración.
  • Para poder resolver el contrato, una vez llegada la fecha de vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, y transcurridos como mínimo 5 años si el arrendador es persona física , o 7 años si fuera persona jurídica, el arrendador debe comunicar al inquilino, su voluntad de no renovarlo, con, al menos, cuatro (4) meses de antelación. Si es el inquilino el que quiere irse, debe avisar con dos (2) meses de antelación.
  • En caso contrario, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el inquilino manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
  • La potestad de recuperación de la vivienda por el propietario para resolver anticipadamente el contrato debe quedar recogida expresamente en el contrato – como que lo necesite para su vivienda habitual, de sus hijos o cónyuge si cambian las circunstancias familiares-.
  • El comprador de una vivienda en alquiler debe respetar el contrato vigente, esté o no inscrito en el Registro de la Propiedad.
  • Si hay acuerdo entre propietario e inquilino se podrán realizar obras de mejora de la vivienda sin necesidad de firmar un nuevo contrato.
  • Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador, siempre que sea una persona jurídica.

Hacer un contrato de alquiler es complejo sin ayuda legal. En idealista te lo ponemos fácil: 

 

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67 Comentarios:

8 Junio 2013, 8:27

In reply to by daniel (not verified)

Toda persona que se siente engañada esta en la obligación de no firmar nada,pero creo que vives en el mundo de los yuppis,y creo que no tienes nada quew ofrecer a los demás,sino criticas,hay personas que empezaron a trabajar para labrarse un futuro desde muy joven para el su familia y
Para pagar impuestos,para que los que no puedan se les ayude.Tanto inquilino como arrendador deben están protegidos,y esta ley contempla a ambos sobre todo a los que piensan en vivir sin problemas.bueno intentas no crear barreras y no desanimar a nadie.saludos.-

8 Junio 2013, 8:27

In reply to by daniel (not verified)

Toda persona que se siente engañada esta en la obligación de no firmar nada,pero creo que vives en el mundo de los yuppis,y creo que no tienes nada quew ofrecer a los demás,sino criticas,hay personas que empezaron a trabajar para labrarse un futuro desde muy joven para el su familia y
Para pagar impuestos,para que los que no puedan se les ayude.Tanto inquilino como arrendador deben están protegidos,y esta ley contempla a ambos sobre todo a los que piensan en vivir sin problemas.bueno intentas no crear barreras y no desanimar a nadie.saludos.-

8 Junio 2013, 8:27

In reply to by daniel (not verified)

Toda persona que se siente engañada esta en la obligación de no firmar nada,pero creo que vives en el mundo de los yuppis,y creo que no tienes nada quew ofrecer a los demás,sino criticas,hay personas que empezaron a trabajar para labrarse un futuro desde muy joven para el su familia y
Para pagar impuestos,para que los que no puedan se les ayude.Tanto inquilino como arrendador deben están protegidos,y esta ley contempla a ambos sobre todo a los que piensan en vivir sin problemas.bueno intentas no crear barreras y no desanimar a nadie.saludos.-

8 Junio 2013, 8:27

In reply to by daniel (not verified)

Toda persona que se siente engañada esta en la obligación de no firmar nada,pero creo que vives en el mundo de los yuppis,y creo que no tienes nada quew ofrecer a los demás,sino criticas,hay personas que empezaron a trabajar para labrarse un futuro desde muy joven para el su familia y
Para pagar impuestos,para que los que no puedan se les ayude.Tanto inquilino como arrendador deben están protegidos,y esta ley contempla a ambos sobre todo a los que piensan en vivir sin problemas.bueno intentas no crear barreras y no desanimar a nadie.saludos.-

11 Junio 2013, 17:33

In reply to by daniel (not verified)

Lo primero cuando se escriben mensajes publicos es educacion y despues si no te interesa alquilar te vas debajo de un puente. Vale

11 Junio 2013, 20:17

In reply to by daniel (not verified)

#4 ya sabeis os comprais uno para vosostros y no hace falta que firmeis nada o te crees que los que pagamos hipoteca te lo vamos a dejar gratis o por menos de lo que nos cuesta, alquilaselo a los bancos, no te jode. Que quereis sacar provecho de todo.

20 Septiembre 2013, 15:49

In reply to by daniel (not verified)

No se que has leido tu, pero lo que no puedes dear de baja es agua o alectricidad. Porque, claro, si te entregan tu piso con estos suministros cortados pues te produce un gasto para volver a darlos de alta.
Cualquier contrato, entre personas civilizadas, es absolutamente viable. Yo, personalmente no pretendo convertir nada en un pozo de petróleo, sino que alquilo mi piso para poder seguir pagando la hipoteca. Y he de decir que no le saco suficiente para pagarla.
Por otro lado, los anteriores contratos no eran tan diferentes de este y yo he tenido inquilinos que me los han firmado y hemos estupendas relaciones hasta fin de contrato o hasta que se han querido ir.
Saludos,
Paula

6 Noviembre 2013, 22:45

In reply to by daniel (not verified)

Primero aprende a leer y a escribir.

Raquel
2 Abril 2014, 16:06

In reply to by daniel (not verified)

Estoy totalmente de acuerdo. Ayer iba a firmar un contrato y me encontré con un gemelo de éste y claro está, no lo firmé.
Pobre de los que lo hagan...

eloy
6 Junio 2013, 12:54

El punto septimo tiene tela marinera, no contentos con actualizar la renta via ipc te quieren meter los posibles aumentos de impuestos a la propiedad, cuando yo alquilo una vivienda pacto el precio y no admito las variables que se le ocurran a cualquier ayuntamiento, y estos del gobierno quieren dejar de actualizar los sueldos teniendo en cuenta el ipc? como se nota que no viven de alquiler.........

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