Como te ha dicho el anterior usuario, el IBI lo paga el que sea propietario del inmueble a 1 de enero del año en curso
Es decir, el recibo del ibi 2010 lo paga el que era propietario de la vivienda el 1 de enero de 2010 aunque desde junio sea de otro y aunque el recibo llegue en septiembre, octubre o noviembre de 2010
4 Respuestas:
Siempre lo paga el titular a 1 de enero, por lo que tu pagarás el de 2011
Como te ha dicho el anterior usuario, el IBI lo paga el que sea propietario del inmueble a 1 de enero del año en curso
Es decir, el recibo del ibi 2010 lo paga el que era propietario de la vivienda el 1 de enero de 2010 aunque desde junio sea de otro y aunque el recibo llegue en septiembre, octubre o noviembre de 2010
El IBI lo paga el que lo tiene en su poder el 1 de Enero del año que lo vende. O sea lo paga el vendedor
Sabeis la orden o la ley donde se regula esto.
Gracias
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