Hay excepciones y una de ellas es que me case una vez ya hecha la escritura (esa es la idea que tenemos con mi pareja, y no únicamente por lo del piso, que quede claro). A partir de casarme, ya sería libre de alquilarlo sin tener que devolver nada a hacienda. Si lo que he dicho hasta ahora no es cierto, ya me corregiréis. Pues bien, mi pregunta es la siguiente. Una vez hecha la escritura, tengo que empadronarme obligadamente en la ciudad dónde he comprado el piso, aunque luego cuando me case me vuelva a empadronar en el pueblo donde vivo con mi pareja? Es decir, es una condición obligatoria que me empadrone para cumplir con la condición de primera vivienda? Si es así, entonces como ahora estoy empadronado en el pueblo de mi pareja, puede haber algún problema con que me empadrone en la ciudad del piso, aunque sólo sea por unos días, hasta que lo alquile, y luego volver a empadronarme en el pueblo de mi pareja? Otra duda más. Que el piso de mi pareja sea de alquiler hace que no cuente como primera vivienda, verdad? Sólo cuenta cuando es de compra, no? Espero que alguien me pueda contestar. Muchas gracias de antemano!
Desde de que abres la cuenta vivienda hasta que compras tu vivienda habitual tienes 4 años, pero la fecha fin de esos 4 años es la de escritura pública de la compra-venta, momento en el que se inscribe en el registro y demás. No la fecha de la firma del contrato con la constructora. Ten en cuenta que el objetivo de la desgravación es compra de vivienda habitual y para ello debes de vivir en ella habitualmente durante al menos 3 años (cosa que no puedes hacer si no está terminada) aunque firmes un contrato.
Actualmente existe una prorroga adicional de 2 años (pero sin desgravación) para que eso ocurra. Por lo que en tu caso deberías haber escriturado como tope en diciembre de 2009 y que desde esa fecha esa sea tu vivienda habitual desde ese momento.
Por lo que me temo que si hacienda te inspecciona te va a tocar pagar todo lo que te has desgravado independientemente de que te cases o no.
No se que herramientas tiene hacienda para detectar casos como el tuyo, uno de ellos es la referencia catastral de tu vivienda habitual, otro la fecha de apertura de la cuenta vivienda, para los que piden hipoteca, la referencia del crédito hipotecario, etc…
Espero que no, pero me temo que este año 2010 tras presentar la declaración del 2009 les salte alguna alarma y te miren esos datos.
2 Respuestas:
Hay excepciones y una de ellas es que me case una vez ya hecha la escritura (esa es la idea que tenemos con mi pareja, y no únicamente por lo del piso, que quede claro). A partir de casarme, ya sería libre de alquilarlo sin tener que devolver nada a hacienda. Si lo que he dicho hasta ahora no es cierto, ya me corregiréis.
Pues bien, mi pregunta es la siguiente. Una vez hecha la escritura, tengo que empadronarme obligadamente en la ciudad dónde he comprado el piso, aunque luego cuando me case me vuelva a empadronar en el pueblo donde vivo con mi pareja? Es decir, es una condición obligatoria que me empadrone para cumplir con la condición de primera vivienda? Si es así, entonces como ahora estoy empadronado en el pueblo de mi pareja, puede haber algún problema con que me empadrone en la ciudad del piso, aunque sólo sea por unos días, hasta que lo alquile, y luego volver a empadronarme en el pueblo de mi pareja?
Otra duda más. Que el piso de mi pareja sea de alquiler hace que no cuente como primera vivienda, verdad? Sólo cuenta cuando es de compra, no?
Espero que alguien me pueda contestar.
Muchas gracias de antemano!
Desde de que abres la cuenta vivienda hasta que compras tu vivienda habitual tienes 4 años, pero la fecha fin de esos 4 años es la de escritura pública de la compra-venta, momento en el que se inscribe en el registro y demás. No la fecha de la firma del contrato con la constructora.
Ten en cuenta que el objetivo de la desgravación es compra de vivienda habitual y para ello debes de vivir en ella habitualmente durante al menos 3 años (cosa que no puedes hacer si no está terminada) aunque firmes un contrato.
Actualmente existe una prorroga adicional de 2 años (pero sin desgravación) para que eso ocurra. Por lo que en tu caso deberías haber escriturado como tope en diciembre de 2009 y que desde esa fecha esa sea tu vivienda habitual desde ese momento.
Por lo que me temo que si hacienda te inspecciona te va a tocar pagar todo lo que te has desgravado independientemente de que te cases o no.
No se que herramientas tiene hacienda para detectar casos como el tuyo, uno de ellos es la referencia catastral de tu vivienda habitual, otro la fecha de apertura de la cuenta vivienda, para los que piden hipoteca, la referencia del crédito hipotecario, etc…
Espero que no, pero me temo que este año 2010 tras presentar la declaración del 2009 les salte alguna alarma y te miren esos datos.
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