Pregunta de

1 Respuestas:

Anonymous
10 Septiembre 2010, 19:42

Hola buenas tardes, efectivamente el plazo de reinversion es de dos años (excepcionalmente este plazo se ha aumentado pero para las viviendas adquiridas de 2006 a 2008). En tu declaracion te aplicaras la exencion por reinversion comprometiendote a reinvertir las cantidades en un plazo de dos años. Si llegado el momento no cumples las condiciones deberas hacer declaracion complementaria pagando por el incremento de patrimonio generado (precio de venta - precio de compra) tributando los primeros 6000 euros de ganancia al 19% y el resto al 21%.
Si has entregado cantidades a cuenta de los dos años, podrás beneficiarte una exencion parcial.

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