En principio, la ley te autoriza a quedarte con la fianza completa porque el inquilino no ha cumplido su compromiso de permanencia de 1 año, y eso te perjudica porque ahora tendrás que poner Oto anuncio, ronda de visitas... es decir, un tiempo sin alquilar, y por tanto sin cobrar.
Sabiendo que no tienes obligación de devolver nada, si es tu deseo puedes devolver la cantidad que quieras, o incluso la fianza íntegra. Tú verás cómo de necesitado estás, está tu inquilino...
2 Respuestas:
En principio, la ley te autoriza a quedarte con la fianza completa porque el inquilino no ha cumplido su compromiso de permanencia de 1 año, y eso te perjudica porque ahora tendrás que poner Oto anuncio, ronda de visitas... es decir, un tiempo sin alquilar, y por tanto sin cobrar.
Sabiendo que no tienes obligación de devolver nada, si es tu deseo puedes devolver la cantidad que quieras, o incluso la fianza íntegra. Tú verás cómo de necesitado estás, está tu inquilino...
Muchas gracias por tu aclaración
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