Buenos días. He leído multitud de artículos de prensa, que el gobierno ha anunciado ayuda para el pago de alquiler para personas físicas que se encuentran en situación de vulnerabilidad por COVID 19 y en todas las web (organismo oficiales, bancos , SEPE, Plan de Vivienda) no hay ningún apartado donde pueda acceder. Es imposible.
Ustedes podrían informar o indicar si esto es cierto o real que el gobierno tenga la intención de promover estás ayudas, o solo es un globo sonda, para apaciguar a los ciudadanos.
Como le digo, en las páginas web que tenido la curiosidad de entrar, ninguna habla de este extremo ni siquiera hay un enlace disponible para acceder a las ayudas.
En su página web tampoco puedo acceder al contenido que según el real decreto publicado en el BOE el 1 de abril de 2020 deberían habilitar para que los ciudadanos podamos solicitar estás ayudas.
Un saludo y gracias.

Pregunta de

27 Respuestas:

jordi
13 Abril 2020, 14:07

Si por ayuda te refieres a los Microcreditos ICO has de hacerlo a traves de tu banco. Eso si, a dia de hoy el mio, BBVA, no tiene habilitado el protocolo para poder grabarlos, asi que a esperar toca.

Buenos días, tras llamadas a los bancos a comunidad de Madrid, al estado la respuesta es que será el ico quien las de las líneas de crédito al alquiler y habrá que estar pendiente.

Hola Jose Alberto, si has llamado a los bancos supongo que sabes cuales son los que lo van a ofrecer. Yo hoy he ido al mio, ING y no ofrecen ICOs. ¿Donde puedo encontrar el listado de los que si lo ofrecen? Tengo otra cuenta en Openbank, que pertenece al Santander, pero no se si lo hacen. Gracias

María del Mar
20 Abril 2020, 17:04

Buenas tardes;
Estoy igual que vosotros, no encuentro la forma de poder solicitar la ayuda.
Quería preguntaros, ya que en Santander no me queda claro, si la gente que tiene un alquiler de una casa que no pertenece al banco, ni al fondo social, ni pertenece al fondo social, ¿tiene derecho a solicitar el préstamo ICO por la crisis del coronavirus? Muchas gracias.

teoricamente si, el banco solo gestiona el credito, el estado lo avala y lo concede por medio del ICO, las condiciones para que puedas acceder al el van aparte y son:
. el inquilino debe acreditar que, a consecuencia de la crisis, se encuentra afectado por un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) o ha visto reducida su jornada por motivo de cuidados.
. el importe de la renta a pagar, sumado a los gastos por suministros básicos de la vivienda, debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.
. Ademas has de justificar que es tu primera vivienda, por medio de certificado de convivencia y que no tienes otra en propiedad (O si la tienes que no la disfrutas por la razon que sea (Divorcio, etc)
si te faltan documentos puedes hacer una declaracion responsable de que los aportaras en cuanto el estaddo de emergencia acabe.
Es importante que tengas al dia el padron de donde vivas. es el baremo de los ingresos que percibes.

Muchas gracias Jordi. Lo de las condiciones me había quedado claro. Entiendo entonces que para un alquiler que la casa es del arrendador (una persona física), es decir, no es del banco ni de nada así, ¿no tenemos derecho a ese crédito?

Mi familia (marido y dos hijos menores) estamos empadronados en Madrid por tema de médicos y colegios y mi contrato de alquiler de hace 10 años es de una localidad adyacente a Madrid pero pertenece a guadalajara. Tengo q cambiar mi padrón necesariamente. Tengo facturas q están a mi nombre de la vivienda y mis recibos de alquler

jordi
21 Abril 2020, 12:52

si, si que tienes derecho. Es más, esta dirigida para ese sector, pequeños arrendadores particulares que necesitan cobrar el alquiler porque es parte importante de sus ingresos. Asi, con este microcredito, te ayudan a ti a pagar el alquier y ayudan al arrendador para que lo reciba, es mas, si te llegasen a conceder el credito tú ni verias el dinero, se le ingresa directamente al arrendador la mensualidad (Al menos así lo explicaron los medios) haciendolo garantista, es decir que el dinero se use para lo que se pide.
ya veras que cuando empieces el papeleo, te pedirán cuantía de los recibos de tres meses atras y numero de cuenta de tu casero para ingresarle el dinero diréctamente a él.
saludos.

Muchas gracias Jordi. En este caso, soy yo la casera y mi inquilina me ha pedido que si le podía echar una mano.
Ha llamado a su banco esta mañana pero le han dicho que el organismo público aún no ha concretado nada. Sin embargo, he leído que la fecha tope es el 2 de marzo.
¿Sabéis si alguien ha conseguido hacerlo? Yo mirando en la página de Santander, veo que han habilitado una opción para poder hacerlo, pero en el documento aparece esto: Con el fin de facilitar los trámites y hacer el proceso de solicitud más llevadero, hemos creado el
presente documento. El objeto del mismo es ofrecer la oportunidad de acogerse a las medidas
conducentes a obtener la Moratoria del pago de Alquileres del Fondo Social de Vivienda (FSV), de quienes
padecen extraordinarias dificultades para atender su pago como consecuencia de la crisis.
Es decir, aparece de nuevo lo del fondo social de viviendas y no aparece nada de alquileres que no pertenezcan a este fondo.

María del Mar
21 Abril 2020, 14:02

Muchas gracias de nuevo.
Me has ayudado bastante.
Esperemos que lo habiliten y no vendan humo, pues está aprobado por Ley.
Gracias de nuevo y suerte.

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