Herencias: el banco puede aplazar la entrega del dinero hasta verificar todas las firmas
Cuando fallece el titular de una cuenta bancaria los herederos no pueden disponer sin más del dinero depositado en ella. Antes deben justificar su derecho a esos fondos. La Audiencia Provincial de Madrid se ha pronunciado sobre esta cuestión dando la razón a una entidad que no entregó a dos herederos las cantidades que les habían sido adjudicadas mientras no se completara la documentación de la testamentaría. El problema estaba en la firma de una tercera heredera, que residía en Cuba. Los tres habían firmado un cuaderno particional, pero el banco consideraba que su firma no había quedado debidamente autenticada.