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5 Respuestas:
Tengo el mismo problema... me estoy informando en la oficina de consumo, si sé algo vuelvo a comentar
Gracias. Yo pensaba hacer lo mismo en la OCU, pero si me dices algo del tema te lo agradeceré mucho.
Yo considero que como cualquier profesional tendrá unos honorarios establecidos, dicho esto, considero que, el que tiene que pagar la redacción de este nuevo contrato es el arrendador, es decir el propietario del inmueble, por tanto yo os invito que que hableis con vuestro arrendador aclareis el tema.
Saludos
Lo que no entiendo es la renovación por cinco años más y la firma de otro contrato..¿Cuántos años llevas?
El cc dice
Artículo 1555
El arrendatario está obligado:
1. A pagar el precio del arrendamiento en los términos convenidos.
2. A usar de la cosa arrendada como un diligente padre de familia, destinándola al uso pactado; y, en defecto de pacto, al que se infiera de la naturaleza de la cosa arrendada según la costumbre de la tierra.
3. A pagar los gastos que ocasione la escritura del contrato.
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