En primavera se contabilizaron 487 nuevas demandas en los juzgados en España, casi un 24% interanual menos. Barcelona se mantiene como la provincia con más casos
Justicia
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Las demandas por okupación de viviendas en España han roto la tendencia por partida doble en el segundo trimestre del año. Tras la subida de los asuntos ingresados en los primeros meses de 2025, en primavera el volumen bajó con fuerza. Además, Cataluña ha cedido el puesto a Andalucía como la región con más casos, aunque Barcelona se mantiene como la provincia más afectada.

Según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), entre abril y junio llegaron a los juzgados de todo el país 487 nuevas demandas por okupación de viviendas, un 23,8% menos que un año antes y un 17,7% menos que en el arranque de este ejercicio. Se trata de la segunda cifra más baja de los últimos años, solo superada por la contabilizada en verano de 2023.

 

El otro giro que muestran los datos oficiales es que Cataluña ha dejado de liderar el ranking nacional de nuevas demandas por ocupación ilegal y ha cedido el puesto a Andalucía, que ha sido la única CCAA donde se ha registrado más de un centenar de casos en el segundo trimestre.

En concreto, ha sumado 105 asuntos ingresados en los juzgados por okupación, que representan el 21,5% del total nacional; seguida de Cataluña (88), la Comunidad Valenciana (50), Madrid (33) y Murcia (32). Al otro lado de la tabla se sitúa Navarra, donde no se ha registrado ni una sola demanda, junto con Aragón, Cantabria y La Rioja (todas ellas por debajo de 10 casos en el segundo trimestre). 

Sin embargo, al comparar el número de procedimientos ingresados con la población, la clasificación cambia: las regiones que registran los peores números son La Rioja (2,5 casos por cada 100.000 habitantes), Baleares (2,2), Murcia (2), Asturias (1,8), Castilla-La Mancha y Canarias (ambas con 1,3 casos). 

Por otro lado, los datos del CGPJ también ponen sobre la mesa que Barcelona se mantiene como la provincia con más demandas por okupación de viviendas en primavera (con 65 demandas de las 487 a nivel nacional), seguida de Málaga (45), Alicante (34), Madrid (33) y Murcia (32). Las demás provincias se encuentran por debajo de los 30 procedimientos en el periodo analizado, con Teruel, Soria, Valladolid, Lleida y Navarra como las únicas donde no han 'entrado' nuevos casos de ocupación ilegal en los juzgados. 

La obligación de negociar antes de demandar 

La fuerte caída de las demandas por okupación coincide en el tiempo con la entrada en vigor el pasado 3 de abril de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que establece que los propietarios de una vivienda okupada tienen la obligación de negociar e intentar llegar a un acuerdo antes de interponer una demanda contra los usurpadores. Así lo han confirmado los magistrados de Primera Instancia y de los Juzgados hipotecarios de Madrid, que han ratificado el artículo 10 de dicha ley. 

La normativa establece que los propietarios tienen que acreditar que se ha intentado una actividad negociadora previa y cumplir el requisito de procedibilidad, dicha actividad negociadora o el intento de la misma deberá ser recogida documentalmente”.

Además, especifica que, una vez “transcurridos 30 días naturales a contar desde la fecha de recepción de la solicitud inicial de negociación por la otra parte y no se mantuviera la primera reunión o contacto dirigido a alcanzar un acuerdo o no se obtenga respuesta por escrito, se entenderá que se ha producido la terminación del proceso sin acuerdo”, y en ese caso, ya comenzará la actuación judicial. 

Muchas okupaciones no se denuncian 

Al margen de la obligación de negociar con los okupas antes de interponer la demanda judicial, conviene tener en cuenta que hay muchos casos que no se denuncian ante las Fuerzas de Seguridad ni los juzgados. 

Según los expertos jurídicos consultados por idealista/news, cada vez más propietarios afectados por una okupación ilegal optan por vías alternativas para recuperar lo antes posible la posesión de sus inmuebles, ya sea a través de la negociación y el pago a los okupas o contratando empresas especializadas en desalojos. Sobre todo, en los casos de inquiokupación, que abarca a aquellos inquilinos que han dejado de pagar la renta de forma voluntaria y premeditada y que no entran dentro de las estadísticas oficiales de denuncias. 

Y es que el plazo medio para que haya una sentencia que avale el desahucio está en máximos históricos, con casi 24 meses de media en España, sumando la primera instancia y los posibles recursos de apelación en las Audiencias Provinciales. De ahí que, en muchas ocasiones, se busquen caminos alternativos para recuperar las propiedades en el plazo temporal más breve posible. 

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