Durante las últimas semanas han circulado numerosas informaciones asegurando que bares y restaurantes dejarán de servir sobres individuales de kétchup, mayonesa o azúcar a partir del 12 de agosto. Sin embargo, esa afirmación no se ajusta al calendario fijado por la Unión Europea.
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Si bien el Reglamento (UE) 2025/40, que reforma la normativa sobre envases y los residuos que estos generan, empezará a aplicarse con carácter general ese día, las restricciones sobre envases de un solo uso no comenzarán a aplicarse hasta el 1 de enero de 2030. La medida afectará a determinados envases de plástico destinados a contener dosis o raciones individuales empleadas en establecimientos de hostelería y restauración.
Reglamento europeo de envases: cuándo entró en vigor y cuándo empieza a aplicarse
El Reglamento fue aprobado el 19 de diciembre de 2024 y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 22 de enero de 2025, entrando en vigor el 11 de febrero de ese mismo año.
Sin embargo, como ocurre con tantas normas europeas de gran alcance, su aplicación no es inmediata ni uniforme. Aunque la fecha general de aplicación es el 12 de agosto de 2026, el propio Reglamento establece distintos plazos para determinadas obligaciones, algunas de las cuales no serán exigibles hasta 2030 o incluso más adelante.
Precisamente esta diferencia entre la fecha general de aplicación y la de obligaciones específicas es la que ha generado confusión. El objetivo de este calendario escalonado es facilitar que fabricantes, distribuidores y establecimientos puedan adaptar sus procesos y sustituir los formatos por otros más sostenibles de forma progresiva.
¿Desaparecen los sobres monodosis en agosto de 2026?
Como decimos, el 12 de agosto no desaparecen los sobres monodosis de los bares ni de los restaurantes. Lo que ocurre es que el Reglamento comienza a aplicarse con carácter general, pero las restricciones específicas para envases de plástico de un solo uso destinados al sector de la hostelería y la restauración (canal HORECA) cuentan con su propio calendario.
Qué cambia con la aplicación del Reglamento el 12 de agosto
Que la prohibición de las monodosis se retrase hasta 2030 no significa que el Reglamento carezca de efectos desde agosto de 2026. A partir del día 12 comenzarán a aplicarse medidas relativas al diseño de los envases, la reducción de residuos, la reutilización, la reciclabilidad y el uso de materiales más sostenibles.
Entre ellas destacan las restricciones relativas a sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en envases destinados al contacto con alimentos, así como nuevas obligaciones para operadores que los comercialicen en el mercado europeo.
¿Cuándo se prohibirán los sobres monodosis de plástico en bares y restaurantes?
El cambio que más afectará al sector de la hostelería llegará el 1 de enero de 2030. A partir de esa fecha, y en los términos previstos en el artículo 25 y el Anexo V del Reglamento, dejarán de poder utilizarse determinados envases de plástico de un solo uso en el canal HORECA.
Entre ellos figuran los destinados a contener dosis o raciones individuales de condimentos, conservas, salsas, leche para el café, azúcar y aliños. De esta manera, será previsible la implantación de alternativas como dispensadores, envases reutilizables y formatos rellenables.
Sobres monodosis que podrán seguir utilizándose en bares y restaurantes en 2030
En cualquier caso, la medida no supondrá la desaparición de todas las monodosis. El Reglamento excluye de esta prohibición los envases que acompañen a comida preparada para llevar destinada al consumo inmediato sin necesidad de más preparación, así como los necesarios para garantizar la seguridad y la higiene en hospitales, clínicas o residencias con asistencia sanitaria donde se presten cuidados individualizados.
Además, la prohibición no afecta a todos los sobres individuales por igual, ya que los fabricados con papel, cartón u otros materiales distintos del plástico quedan fuera de esta restricción, sin perjuicio del cumplimiento del resto de obligaciones que se puedan aplicar.
El sector del alojamiento dirá adiós a los botecitos de gel y champú
Las restricciones previstas en el Anexo V del Reglamento (UE) 2025/40 no solo afectan a bares y restaurantes. También alcanzarán en 2030 a determinados envases empleados en hoteles y otros alojamientos turísticos.
En concreto, dejarán de estar permitidos los típicos envases individuales de productos cosméticos, higiénicos y de aseo destinados a una única estancia que deban desecharse antes de la llegada del siguiente huésped. El propio Reglamento cita como ejemplos las tradicionales botellitas de champú, gel o crema corporal, así como las bolsitas de pastillas de jabón.
La finalidad de esta medida es reducir la generación de residuos derivados de estos envases, impulsando alternativas más sostenibles. De hecho, muchos hoteles ya han comenzado a sustituir los formatos individuales por dispensadores recargables instalados en las duchas y otros sistemas reutilizables que permiten mantener el mismo servicio con un menor impacto ambiental.
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