Comentarios: 35
Los jueces podrán pausar un desahucio ante la existencia de cláusulas abusivas en la hipoteca (sentencia)

 

El tribunal de justicia europeo ha declarado que la ley española que regula los embargos hipotecarios vulnera las normas europeas de protección de los consumidores. Según la sentencia, la ley española no protege al consumidor contra algunas cláusulas abusivas de la hipoteca, al permitir que el embargado pierda la casa antes de que pueda reclamar daños y perjuicios por las cláusulas abusivas. El fallo del tribunal abre el camino para la suspensión cautelar de algunos -no todos- procesos de ejecución hipotecaria.

¿Qué claúsulas pueden paralizar un desahucio tras esta sentencia?

Conclusiones de la sentencia europea contra los desahucios e ideas para las hipotecas futuras

La sentencia responde a una consulta efectuada por un juzgado mercantil de Barcelona ante la demanda presentada en enero de 2011 por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que fue expulsado de su vivienda. El ciudadano reclamaba que se anulase una de las cláusulas del préstamo hipotecario y el procedimiento de ejecución

Mucho ruido y pocas nueces

Aunque la declaración ha tenido una gran repercusión mediática, hay que acotar que tiene una aplicación limitada. El tribunal europeo viene a decir que un juez debe poder pausar un desahucio si en paralelo hay una reclamación del hipotecado por una clausula abusiva. Esta pausa tendrá como objetivo paralizar el proceso a la espera de que haya pronunciamiento sobre el carácter abusivo de alguna cláusula del contrato de hipoteca

Hasta ahora, el proceso de ejecución no podía pararse por este motivo y además, era irreversible, por lo que cuando al afectado se le reconocía la existencia de una clausula abusiva después de haber perdido la casa, ya no podía recuperar la vivienda y sólo tenía acceso a una indemnización. El tribunal señala que esto no tiene sentido y que hay que poder paralizar el desahucio hasta conocerse si realmente la claúsula o el préstamo es abusivo

Es decir, que la declaración de Europa tiene una aplicación limitada y concreta, lejana a la de suspender de forma general los desahucios, muchos de los cuales seguirán de forma normal su camino

¿Qué claúsulas pueden paralizar un desahucio tras esta sentencia?

La abogada general del tribunal de justicia de la unión europea (ue), Juliane Kokott, consideró que la normativa española no es compatible con la europea en unas conclusiones publicadas en noviembre pasado, una opinión que no es vinculante de cara a la sentencia pero que habitualmente adelanta el sentido de la misma

Comunicado de prensa que resume la sentencia del tribunal europeo

 

Las reacciones ante la sentencia

Tras esta sentencia, el ministro de justicia, Alberto Ruiz-gallardón, ha señalado que se incluirán en la reforma de la legislación hipotecaria las modificaciones que sean "consecuencia necesaria" de la sentencia del tribunal de justicia de la ue

"Todos los aspectos que ese Tribunal haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos", ha asegurado. Y lo serán, según explicó el ministro, aprovechando la reforma hipotecaria que se está tramitando en el Congreso de los Diputados, que ahora está ahora en fase de enmiendas

Por su parte, el colegio de registradores de España solicita que se rescate la figura del funcionario independiente para que medie entre el banco y el cliente para evitar las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios. Aseguran que este control fue eliminado en la reforma de la ley hipotecaria de 2007 y que "el resultado ha sido el indiscriminado acceso al registro de todo tipo de cláusulas abusivas"

"El anteproyecto de ley de reforma integral de los registros incluye expresamente el rescate de tal control independiente y preventivo que ahorraría gran parte de los problemas y abusos que tanta alarma social han creado", añade el colegio de registradores

Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, aclara que "se trata de una sentencia que permitirá a los jueces pausar algunos procesos. Sólo será aplicable en los casos en los que el hipotecado estime que ha sido víctima de una cláusula abusiva a la hora de contratar el préstamo sobre su vivienda, y sólo tendrá efecto hasta que se resuelva ese punto. Es por tanto una buena noticia para el consumidor y para el mejor funcionamiento del mercado hipotecario, pero que tendrá un impacto limitado para el grueso de los procesos de desahucios en marcha. Por este motivo, en idealista.com creemos que la onda expansiva de esta norma sobre el precio o la concesión de las hipotecas será reducido, aunque ayudará a un mejor tratamiento de algunos puntos de las hipotecas como los intereses de demora”

Desde la asociación hipotecaria española (ahe) recalcan que dotar al deudor de más posibilidades de oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria (como puede ser por considerar alguna cláusula abusiva, que supongan una suspensión cautelar y
Temporal del proceso) debería ser "perfectamente asumible" por el ordenamiento jurídico español

No obstante,  la ahe recuerda que aunque se deban incorporar cambios que doten al deudor de un mecanismo "más eficaz" y una "mayor protección", los procesos de ejecución hipotecaria no deben ser clasificados como "ilegales" o "abusivos" de forma general

Asimismo, recalcan que la sentencia del tjue no se pronuncia sobre si las cláusulas de
Intereses de demora de los préstamos, las de vencimiento anticipado en caso de impago de una
Cuota y la de liquidación unilateral de la deuda por la entidad de crédito son abusivas. "Únicamente manifiesta que en cada caso será el juez competente quien lo determine en base a la legislación nacional y a unos criterios generales proporcionados por el Tribunal", asevera en su nota

Además, la asociación recuerda que en el mercado hipotecario español se garantiza la seguridad en el tráfico jurídico mediante la participación tanto de un fedatario público (notario) como de un registrador de la Propiedad, que velan por que las cláusulas contenidas en los contratos y que son inscritas en el Registro de Propiedad respetan la legalidad vigente

Por su parte, la asociación española de banca (aeb) considera que tras el fallo ahora la cuestión es cumplir con ese dictamen y de interpretarlo en la misma línea "en los términos razonables y constructivos en los que se expresa el alto tribunal europeo sobre esta materia"

Ahorro corporación financiera (acf) indica que Si la declara abusiva, el juez puede ordenar una nueva liquidación de las cuotas y un nuevo cálculo de la deuda y archivar incluso la ejecución hipotecaria. Sin embargo, si el cliente siguiera sin poder pagar al banco, la entidad financiera podría volver a iniciar el procedimiento

La casa de análisis declara que la sentencia del tribunal está en línea lo que se esperaba. "Si bien desde el punto de vista judicial se dilataría y encarecería el procedimiento actual, no tiene consecuencias significativas desde el punto de vista económico para las entidades financieras comparado con otros escenarios que se han llegado a barajar como la dación. Entendemos que el calendario de provisiones seguiría su curso habitual", matiza

¿Qué cláusulas pueden paralizar un desahucio tras esta sentencia?

Conclusiones de la sentencia europea contra los desahucios e ideas para las hipotecas futuras

Ver comentarios (35) / Comentar

35 Comentarios:

14 Marzo 2013, 14:57

La dación en pago, contrariamente a lo que se esta informando, sI esta contemplada n la Ley

15 Marzo 2013, 0:35

In reply to by anónimo (not verified)

La dación en pago, contrariamente a lo que se esta informando, sI esta contemplada n la Ley

--------------------------------------------------------------------------

Cierto. Pero, en lugar de reconocer la verdad, es más fácil engañar y manipular con falsedades. Y es que el orgullo es el orgullo, y aquí mucho orgulloso, mucho listillo y mucho presumidillo metió la pata, y ahora no quieren admitir lo estúpidos que llegaron a ser.

Prefieren patalear y patalear, cual cucaracha moribunda.

14 Marzo 2013, 15:07

La ley hipotecaria en su art 140, dispone que:

No obstante lo dispuesto en el art. 105. Podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados.
En este caso la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedara limitada al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzaran a los demás bienes del patrimonio del deudor.

Es decir la obligación del deudor queda limitada al importe del prestamo concedido

14 Marzo 2013, 15:09

Pienso que los bancos no necesitan abuelas, ya sobran los "voluntarios" que defienden el derecho de los bancos a seguir aplastando a la sociedad.
Con el bolsillo y la panza llena , le dan una pandereta y ala que viva el banco. Y empezar a cantar=

-- La dacion en pago va contra las finanzas nacionales
-- Estos son los que no quieren seguir pagando sus deudas
-- A nadie se le puso una pistola en la cabeza....
-- O pagan las comisiones que les mandemos , o volveran las siete plagas de Egipto
-- Si se hunden los bancos : España implosiona y aparece un agujero que se nos traga y aparecemos por Australia

Y a si todo lo que aprendieron de los usureros.

14 Marzo 2013, 15:16

Se acabaron las hipotecas, a partir de ahora para tener un piso o lo pagas a tocateja( con los precios actuales ni de coña) lo heredas, o en caso de necesidad lo ocupas y punto.
Como decía Borja Mateo en 5 o 6 años la vivienda ya no será un problema las tendrán que casi regalar pues vacias, su valor irá tendiendo a cero patatero, si no al tiempo.

14 Marzo 2013, 15:40

In reply to by anónimo (not verified)

Ahora vale menos
Claro ahora el suelo esta tirado
La mano de obra cobra poquisimo
Los materiales han caido
Y no hay hipoteca y se compra a tocateja
Porque se construye más barato
Y las promocion identica a la de al lado se venderá a la mitad
Y el vecindario de enfrente que pagó el doble tirandose de los pelos
Esto ya pasó por el año 95 y antes por el 86

chancletero
14 Marzo 2013, 15:17

Lo triste es que, esto que es de sentido comun, no se estuviera aplicando ya.

14 Marzo 2013, 16:15

Gracias Europa........................porque mi pais no me protege, ni mis gobernantes cambian una ley injusta, y la mayoria de los jueces miran para otro lado (incluso El tribunal constitucional dijo que la ley era constitucional) total sabes cual es el partido que tiene mas diputados en el congreso de Madrid?, que ha tenido mayoria absoluta desde 1978?......................en efecto la BANCA...................y ASÍ nOS VA

14 Marzo 2013, 16:15

Gracias Europa........................porque mi pais no me protege, ni mis gobernantes cambian una ley injusta, y la mayoria de los jueces miran para otro lado (incluso El tribunal constitucional dijo que la ley era constitucional) total sabes cual es el partido que tiene mas diputados en el congreso de Madrid?, que ha tenido mayoria absoluta desde 1978?......................en efecto la BANCA...................y ASÍ nOS VA

14 Marzo 2013, 16:51

Todos los "hipotecados" se paseaban por la calle hace 5 años con un puro y un cartel de "soy propietario"....... ahora creo que acampan en sol con una pancarta de "dación en pago, ya"

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta